REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SUPERIOR PRIMERO DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO

ACTA
AUDIENCIA ORAL, PÚBLICA Y CONTRADICTORIA
FIJADA PARA EL DIA DE HOY,
LUNES VEINTE (20) DE FEBRERO DEL AÑO 2006
AÑOS 195º Y 146º

Se abrió la sesión presidida por la ciudadana Juez HILEN DAHER DE LUCENA, con la asistencia de la Secretaria del Tribunal Abogada ANMARIELLY HENRÍQUEZ RODRÍGUEZ y el Alguacil Sr. ANGEL BONNET.
Constituido el Tribunal en el Despacho del Juzgado Superior Primero del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, a las doce meridiano (12:00 m.), a los fines de que tuviese lugar la audiencia prevista en el artículo 125 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, donde las partes deberán formular sus alegatos y defensas oralmente, de manera pública y contradictoria, en relación con el recurso de apelación interpuesto por el abogado FREDDY BARRANCO LA GRUTA, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 67.386, su carácter de Apoderada Judicial de la parte Demandante, contra la decisión de fecha 13 de Enero del año 2006, por el Juzgado Primero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, en el juicio que por Calificación de Despido sigue el ciudadano LUIS MILLÁN contra la Sociedad de Comercio C.A. CERVECERÍA REGIONAL.
Se dio apertura al acto y se deja constancia de la presencia en este acto de los abogados FREDDY BARRANCO LA GRUTTA y LUIS BARRANCO LA GRUTA, inscritos en el Inpreabogado bajo los Números 67.386 y 5.758, respectivamente, en su carácter de Apoderados Judiciales de la parte Actora, Parte Apelante. Igualmente se deja constancia de que la parte Demandada, no compareció ni por si ni por medio de Apoderado alguno que la representara.
Seguidamente la ciudadana Juez HILEN DAHER DE LUCENA, interviene acotando los puntos sobre los cuales versa la presente apelación. A continuación se le otorga el derecho de palabra a la parte Demandante recurrente; quien expuso las razones que a su juicio justifican la apelación del fallo recurrido. Concluida su exposición, la ciudadana Juez HILEN DAHER DE LUCENA, intervino hace varias acotaciones y formuló preguntas.
Seguidamente, el Tribunal Superior Primero del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, pasa a decidir en forma oral e inmediata el presente recurso, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, Declara: SIN LUGAR el recurso de apelación ejercido por la parte actora; Queda en estos términos CONFIRMADA la sentencia recurrida; No hay condenatoria en COSTAS dada la naturaleza del fallo; Esta decisión deja a salvo eventuales derechos que pudieran corresponderle al actor.
Se ordena agregar al expediente el C.D. de grabación del presente acto.
El Tribunal procede en el día de hoy a publicar el texto íntegro de la decisión. Se retira la ciudadana Juez y se ordena la publicación de la presente Acta y del texto íntegro de la decisión. Es todo, término, se leyó y conformes firman,


HILEN DAHER DE LUCENA.
JUEZ



LOS APODERADOS ACTORES,




ANMARIELLY HENRÍQUEZ RODRÍGUEZ
SECRETARIA



Exp. No. GP02-R-2006-000023
Recurso de Apelación
Anmarielly Henríquez.