REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA


JUZGADO SUPERIOR PRIMERO DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO

ACTA
AUDIENCIA ORAL, PÚBLICA Y CONTRADICTORIA
FIJADA PARA EL DIA DE HOY,
LUNES VEINTE (20) DE FEBRERO DEL AÑO 2006
AÑOS 195º Y 146º

Se abrió la sesión presidida por la ciudadana Juez HILEN DAHER DE LUCENA, con la asistencia de la Secretaria del Tribunal Abogada ANMARIELLY HENRIQUEZ RODRÍGUEZ y el Alguacil Sr. ANGEL BONNET.
Constituido el Tribunal en el Despacho del Juzgado Superior Primero del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, a las diez de la mañana (10:00 a.m.), a los fines de que tuviese lugar la audiencia prevista en el artículo 163 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, donde las partes deberán formular sus alegatos y defensas oralmente, de manera pública y contradictoria, en relación con el recurso de apelación interpuesto por la representación judicial de la parte Demandada abogada CLAUDIA TERAN PÉREZ, contra la decisión dictada en fecha 24 de Noviembre del año 2005, por el Juzgado Primero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, en el juicio que por Prestaciones Sociales siguen los ciudadanos RAFAEL ALBERTO GUERRERO y JOSÉ RAFAEL GUERRERO PEREIRA, contra la sociedad de comercio TENNIS TEAM, N.H., C.A.
Se dio apertura al acto y se deja constancia de la presencia en este acto de la abogada CLAUDIA TERAN PÉREZ, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 62.198, en su carácter de Apoderada Judicial de la parte Demandada, Parte Apelante; y de la abogada ZORENA ROMERO C., inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 61.277, en su carácter de Apoderada Judicial de la parte Actora.
Seguidamente la ciudadana Juez HILEN DAHER DE LUCENA, interviene acotando los puntos sobre los cuales versa la presente apelación. A continuación se le otorga el derecho de palabra a la parte Demandada recurrente; quien expuso las razones que a su juicio justifican la apelación del fallo recurrido. Igualmente se le concedió el derecho de palabra a la parte Actora. Concluida su exposición, la ciudadana Juez HILEN DAHER DE LUCENA, intervino hace varias acotaciones y formuló preguntas.
Seguidamente, la parte, Demandada ofrece a la parte actora una propuesta de pago por el orden de TRES MILLONES QUINIENTOS MIL BOLIVARES (Bs. 3.500.000,oo), pagaderos en dos partes, la parte Actora manifiesta que está de acuerdo con dicha propuesta y ambas partes de común acuerdo, solicitan el diferimiento del dispositivo del fallo para el QUINTO (5 to.) DÍA DE DESPACHO SIGUIENTE A ESTA FECHA A LAS 9:00 a.m, El Tribunal acuerda conforme a lo solicitado, en consecuencia, se difiere el pronunciamiento del dispositivo del fallo en la presente causa, para el QUINTO (5 to.) DÍA DE DESPACHO SIGUIENTE A ESTA FECHA A LAS 9:00 a.m.
Se ordena agregar al expediente C.D. de grabación del presente acto. Siendo las 11:00 de la mañana se declara que ha concluido el acto y con éste la presente audiencia. Se retira la ciudadana Juez y se ordena la publicación de la presente Acta. Es todo, término, se leyó y conforme firman,


HILEN DAHER DE LUCENA.
JUEZ



LA APODERADA DE LA DEMANDADA,




LA APODERADA ACTORA,





ANMARIELLY HENRIQUEZ RODRÍGUEZ
SECRETARIA,



Exp. No. GP02-R-2006-000007
Recurso de Apelación
Anmarielly Henríquez