REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO CARABOBO
TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIÓN DE EJECUCIÓN
Valencia, 21 de Febrero de 2006
Años 195º y 147º

ASUNTO: GL01-P-2002-000467

Revisada la presente causa seguida a la penada AIDA CRUZ GONZALEZ QUEJADA, C.I. E-81.783.418, quien cumplió en fecha 28-09-2005, la totalidad de la pena impuesta. Este Tribunal observa para decidir: PRIMERO: En fecha 25.04.1997 se ejecutó la Sentencia condenatoria dictada por el JUZGADO SUPERIOR TERCERO EN LA PENAL DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ESTE ESTADO CARABOBO el día 22-07.1996, mediante la cual condenó a la Ciudadana AIDA CRUZ GONZALEZ QUEJADA, C.I. E-81.783.418, por el delito Sustancias estupefacientes y Psicotrópicas, a la pena de TRECE (13) AÑOS, Y CUATRO (04) MESES DE PRISION, la cual terminaría de cumplir el 02-03-09. SEGUNDO: En fecha 02.05.2003, este Tribunal acuerda LIBERTAD CONDICIONAL y señaló que quedaría sometida al presente régimen hasta 28-09-05 que cumple la totalidad de la pena, fecha en que finalizará dicho régimen En fecha 11/02/2006, este Tribunal recibe informe de finalización de parte de la Unidad Técnica de Apoyo y del delegado de prueba, de este Estado donde se señala que la penada cumplió con todas las obligaciones impuesta y emite un Informe de Finalización del Régimen.
Por todo lo antes expuesto, este Tribunal de Primera Instancia en lo Penal en Función de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Carabobo, Administrando Justicia en nombre de la República y por Autoridad de la Ley, de conformidad con el artículo 105 del Código Penal, DECRETA la extinción de la responsabilidad criminal por cumplimiento de la pena que le fue impuesta y LA LIBERTAD PLENA a la Ciudadana AIDA CRUZ GONZALEZ QUEJADA, C.I. E-81.783.418, Remítase copia de esta decisión a la Dirección de Custodia y Rehabilitación del Recluso del Ministerio del Interior y Justicia, Caracas.
Terminada como se encuentra la presente Causa, este Tribunal de Primera Instancia en Funciones de Ejecución en Nombre de la República y por Autoridad de la Ley Ordena su ARCHIVO. Remítase en su oportunidad al Archivo Central, para que éste a su vez lo remita al Archivo Judicial para su custodia definitiva.
Notifíquese. Cúmplase.

La Juez en función de Ejecución Nº 3
Dra. Nelly Arcaya de Landáez

La Secretaria.

En la misma fecha se cumplió lo ordenado.

La Secretaria