REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE CONTROL

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO CARABOBO
TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIÓN DE CONTROL
Valencia, 16 de Febrero de 2006
Años 195º y 146º

ASUNTO : GP01-P-2005-001881
Por cuanto hasta la presente fecha no se ha obtenido respuesta de la Fiscalía Primera del Ministerio Público, acerca de la solicitud de mandato de conducción efectuada en contra de la ciudadana JUANA RAMONA SÁNCHEZ, en virtud de la que el Ministerio Público hasta la presente fecha no ha justificado la cualidad de la referida ciudadana en la investigación en la que va a rendir su testimonio o entrevista, no obstante haber solicitado este tribunal la respectiva información por medio de comunicación N° 20177 de fecha 07/07/2005; es por lo que este Tribunal de Primera Instancia en lo Penal en Función de Control N° 01 de este Circuito Judicial Penal, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara IMPROCEDENTE la solicitud de mandato de conducción en contra de la ciudadana JUANA RAMONA SÁNCHEZ, efectuada por la Fiscalía Primera del Ministerio Público, ya que no especificó la Fiscalía solicitante, la cualidad con la que va a rendir testimonio la referida ciudadana. Así se decide. Remítanse las presentes actuaciones a la Fiscalía Primera del Ministerio Público.-



LA JUEZ PRIMERA EN FUNCIÓN DE CONTROL,
ABG. SONIA A. PINTO MAYORA




EL (LA) SECRETARIO (A),
ABG.


Se cumplió lo ordenado.-
sapm