REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, AGRARIO, TRANSITO Y TRABAJO. EXTENSIÓN PUERTO CABELLO.
REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA
EN LO CIVIL, MERCANTIL, AGRARIO, TRANSITO
Y BANCARIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL
DEL ESTADO CARABOBO
Puerto Cabello, 06 de Febrero de 2006
195º y 146
Vista la decisión de fecha 12-enero-2004, emanada del Juzgado Superior Primero en lo Civil, Mercantil, del Tránsito y Menores de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, este Tribunal, a los fines de dar cumplimiento a lo ordenado, acuerda reponer la causa al estado en que se efectúe la fijación del Cartel en la cartelera de este Despacho, de conformidad con lo establecido en los artículos 77 de la Ley de Tránsito Terrestre en concordancia con el artículo 223 del Código de Procedimiento Civil, una vez conste en auto la notificación de la parte actora, se procederá a la fijación del Cartel, para lo cual se acuerda librar boleta de notificación conforme al artículo 233 del Código de Procedimiento Civil. Se ordena expedir copia certificada del Cartel de Citación inserto al folio 63, a fin de su fijación en la cartelera. Líbrese boleta. Expediente N° 2006/7477.
La Juez Temporal,
Abogada CLAUDIA A. OLAVARRIA L.
La Secretaria,
Abogada MARITZA RAFFO PAIVA
En la misma fecha se libró boleta de Notificación.
La Secretaria
CAO/MRP/yuraima