REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO TERCERO EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS VALENCIA, LIBERTADOR, LOS GUAYOS, NAGUANAGUA, SAN DIEGO Y CARLOS ARVELO

Quien suscribe Abogado YULIMAR FONSECA GONZALEZ, Secretaria Titular del JUZGADO TERCERO EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS VALENCIA, LIBERTADOR, LOS GUAYOS, NAGUANAGUA, SAN DIEGO Y CARLOS ARVELO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO, hace constar que el acta que a continuación se transcribe, es copia fiel y exacta de su original que corre inserto en la Comisión Nro. 2.457, de la nomenclatura archivar de este Tribunal. En el día de hoy 24 de febrero de 2006, siendo las 11:00 de la mañana, se traslado y constituyo el Juzgado Tercero Ejecutor de Medidas de los Municipios Valencia, Libertador, Los Guayos, San Diego, Naguanagua y Carlos Arvelo del Estado Carabobo, a cargo de la Juez Provisorio Doctora Mauricia González y la Secretaria Titular Abogada Yulimar Fonseca, en compañía de la parte actora Abogada NARKY NAVARRO VENEZUELA, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nro. 54.765, en el inmueble objeto de la medida, constituido por un inmueble ubicado en la avenida Bolívar, pasaje Italo, Nro. 103-76, Parroquia Catedral entre calles Rondon y calle vargas de la ciudad de Valencia Estado Carabobo. Seguidamente el tribunal procede a notificar al ciudadano GABRIEL RODRIGUEZ APONTE, venezolano y titular de la cédula de identidad Nro. 16.503.477, el cual presente quedo impuesto de la misión a cumplir por el Tribunal decretada por el Juzgado Primero de los Municipios Girardot y Mario Briceño Iragory del Estado Aragua, expediente 11-438-04. Seguidamente la parte actora Abogada Narky Navarro Venezuela, IPSA Nro. 54.765 expone: Señalo al Tribunal para ser Secuestrado el inmueble constituido y ubicado en la avenida Bolívar pasaje Italo Nro. 103-76, parroquia catedral, entre calle Rondón y calle Vargas de la ciudad de Valencia del Estado Carabobo y comprendido dentro de los siguientes linderos: NORTE: Casa y solar que fueron de la señorita Ana Cecilia Branger, hoy del Doctor Pedro J. Lara P.; SUR: Edificio de Salvatore Giugni; ESTE: Solar y Casa que son o fueron de la ciudadana Ana Cecilia Branger, hoy del Doctor Pedro J. Lara P.; y OESTE:
Con la avenida Bolívar, distinguido en el N° 103-76, que es su frente. Seguidamente este Tribunal Tercero Ejecutor de Medidas actuando por comisión en nombre de la República Bolivariana de Venezuela declara Secuestrado el inmueble ubicado en la avenida Bolívar, Pasaje Italo Nro. 103-76., Parroquia Catedral, entre calles Rondón y calle vargas de la ciudad del Valencia del Estado Carabobo, cuyos linderos y medidas se encuentran detallados en la presente acta y deja el inmueble en guarda y custodia de la parte actora Abogada NARKY NAVARRO, tal como fue acordado por el Tribunal de la causa, libre de bienes y de personas. Seguidamente el Tribunal declara cumplida su misión deja constancia que durante el lapso que duro la practica de la medida no se causaron daños a persona ni a bienes materiales, ordenando se remitan las actuaciones a su Tribunal de causa y que el mismo regrese a su sede, siendo las 12:00 del mediodía, es todo, termino, se leyó y

conformes firman. La Juez Provisorio Dra. Mauricia González (fdo); El Notificado (Fdo); Parte Actora (fdo); y La Secretaria Abog. Yulimar Fonseca (fdo). ……………………….