REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SEPTIMO DE LOS MUNICIPIOS VALENCIA, LIBERTADOR, LOS GUAYOS, NAGUANAGUA Y SAN DIEGO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO.
VALENCIA, 15 DE FEBRERO 2006
195° Y 146°
DEMANDANTE: JOSE AGÜERO BELANDRIA, inscrito en el I.P.S.A bajo el No.40.099, en su carácter de Endosatario por procuración del ciudadano EDMUNDO J. RODRÍGUEZ P., titular de la C.I No.9.931.430 y de este domicilio.
DEMANDADO: JOSE FRANCISCO DELGADO, venezolano, mayor de edad, titular de la C.I No.12.257.483, asistido por el Abogado JOSE ANTONIO FERNANDEZ inscrito en el I.P.S.A bajo el No.30.691
ACCION: COBRO DE BOLIVARES (Procedimiento por Intimación)
MOTIVO: HOMOLOGACION (CONVENIMIENTO)
EXPEDIENTE: No.- 0876
Visto el Convenimiento efectuado por ante este Tribunal Tercero Ejecutor de Medidas en fecha 30-11-05, entre el Abogado JOSE ALEJANDRO AGUERO en su carácter de Endosatario por Procuración de la parte actora ciudadano EDMUNDO J. RODRIGUEZ y la parte demandada ciudadano JOSE FRANCISCO DELGADO SILVA asistido por el Abogado JOSE ANTONIO FERNANDEZ, en consecuencia el Tribunal le imparte su homologación, téngase como en Sentencia pasada en autoridad de COSA JUZGADA, todo de conformidad con lo establecido en el Artículo 256 del Código de Procedimiento Civil. Archívese el expediente.
LA JUEZ PROVISORIO,
ABOG. LIGIA RODRIGUEZ SALAZAR
LA SECRETARIA
ABOG. MARIA DEL R. MONTILLA
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