REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SEPTIMO DE LOS MUNICIPIOS VALENCIA, LIBERTADOR, LOS GUAYOS, NAGUANAGUA Y SAN DIEGO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO.
VALENCIA, 14 DE FEBRERO DE 2006
195° Y 146°
DEMANDANTE: JUAN VICENTE ARCINIEGA ARNAO, Abogado, inscrito en el I.P.S.A., bajo el N° 10.110 y de este domicilio en su condición de representante legal de la ciudadana MARIA ISABEL GOUVEIA DE ARAUJO, de nacionalidad Portuguesa, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. E- 81-100.259 y de este domicilio
DEMANDADO: EDUARDO JOSE NAPOLITANO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. V- 3.719.126 y de este domicilio
ACCION: RESOLUCIÓN DE CONTRATO DE ARRENDAMIENTO
MOTIVO: CONVENIMIENTO (HOMOLOGACIÓN)
EXPEDIENTE N° 0907
Visto el CONVENIMIENTO efectuado por ante el Juzgado Tercero Ejecutor de Medidas de los Municipios Valencia, Libertador, Los Guayos, Naguanagua y San Diego de esta Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, en fecha 10 de Enero del 2006, por el Abogado Juan Vicente Arciniega en su carácter de Representante Legal ciudadana Maria Isabel Gouveia de Araujo (Parte demandante) y el ciudadano Eduardo José Napolitano asistido por la Abogada LOUISNETTE MARTINEZ, (Parte demandante), en el presente juicio, el Tribunal le imparte su Homologación, téngase como en sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada, todo de conformidad con lo establecido en el Artículo 263 del Código de Procedimiento Civil. Archívese el expediente.
LA JUEZA PROVISORIA,


ABOG. LIGIA RODRÍGUEZ SALAZAR

LA SECRETARIA

ABOG. MARIA DEL R. MONTILLA