REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE
EL JUZGADO TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, AGRARIO Y BANCARIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO.
SOLICITANTE: FRANCISCO ANTONIO VARELA BONILLA
ABOGADO: NANCY ARIAS
SENTENCIA: DEFINITIVA
MOTIVO: DIVORCIO 185-A
EXPEDIENTE N°: 18.415
Por escrito presentado en fecha 09 de Noviembre de 2005, el ciudadano FRANCISCO ANTONIO VARELA BONILLA, venezolano, mayor de edad, casado, titular de la Cédula de Identidad Nro. V-3.998.766, de este domicilio, asistido por la Abogado NANCY ARIAS, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nro. 26.941, de este domicilio; manifestó al Tribunal estar separado de hecho de su cónyuge ciudadana SULEIMA TORREALBA, venezolana, mayor de edad, casada, titular de la cédula de identidad número V-7.004.973, de este domicilio y no haber llevado vida común con su cónyuge por más de cinco (5) años; por esos motivos y de conformidad con lo establecido en el Artículo 185-A del Código Civil, solicitó se decretara el divorcio.
Emplazada la cónyuge SULEIMA TORREALBA y la Fiscal Décimo Octava (18°) del Ministerio Público en Materia de Familia, como consta a los folios 17 y 20 del expediente.
En diligencia de fecha 23 de Noviembre de 2005, los ciudadanos FRANCISCO ANTONIO VARELA BONILLA y SULEIMA TORREALBA, ya identificados y asistidos de abogado, se dieron por citados, renunciaron al lapso de la comparecencia y ratificaron en todas y cada una de sus partes la solicitud de divorcio presentada por el ciudadano FRANCISCO ANTONIO VARELA BONILLA.
Dentro del lapso correspondiente la Fiscal del Ministerio Público, presentó escrito en el cual manifiesta que no hay lugar a oposición.
En el presente caso se han cumplido los requisitos exigidos en el artículo 185-A del Código Civil, por lo que, de acuerdo a la citada disposición legal, este Tribunal Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y Bancario de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la presente solicitud de divorcio, formulada por el ciudadano FRANCISCO ANTONIO VARELA BONILLA y en la cual convino su cónyuge ciudadana SULEIMA TORREALBA, identificados suficientemente en autos y en consecuencia, DISUELTO el vínculo que los unía desde el día 07 de Agosto de 1985, fecha en que contrajeron matrimonio civil por ante el Prefecto de la Parroquia Santa Rosa, Municipio Valencia del Estado Carabobo.
En cuanto a hijos y bienes, el Tribunal no hace ningún pronunciamiento, en virtud de que los Solicitantes manifestaron en su escrito que los hijos de nombres: LISNEHT, NARVIS CARINA, KEYLAN YOHANA y MARIA CAROLINA, procreados durante la unión conyugal, actualmente son mayores de edad.
Liquídese la Comunidad Conyugal.
Publíquese y déjese copia.
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y Bancario de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, en Valencia a los dieciséis (16) días del mes de Febrero del año dos mil seis (2006). Años: 195° de la Independencia y 146° de la Federación.-
La Juez Titular,
(FDO)
Abg. Roraima Bermúdez G.,
La Secretaria Accidental,
(FDO)
Carmen Egilda de Martínez
En la misma fecha se publicó la anterior sentencia, siendo las 9:15 minutos de la mañana.-
La Secretaria Accidental,
(fdo)
Carmen Egilda de Martínez
Exp. N° 18.415.-
.-mr
CERTIFICO QUE LA COPIA QUE ANTECEDE ES TRASLADO FIEL DE SU ORIGINAL A LA CUAL SE CONTRAE DE CUYA EXACTITUD DOY FE. VALENCIA, 16 de Febrero de 2006.-
La Secretaria Accidental,
Carmen Egilda de Martínez
EXPEDIENTE: 18.415
SOLICITANTE: FRANCISCO ANTONIO VARELA BONILLA
MOTIVO: DIVORCIO 185-A
SENTENCIA: DEFINITIVA
CON LUGAR LA SOLICITUD
FECHA: 16 de Febrero de 2006
JUEZ TITULAR: ABOG. RORAIMA BERMÚDEZ GONZÁLEZ
JUZGADO TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, AGRARIO Y BANCARIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO.-
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