REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA


PODER JUDICIAL
Tribunal Séptimo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo


ACTA

N° DE EXPEDIENTE: GP02-L-2005-000796
PARTE ACTORA: JOSE TEOFILO ANDRADE PEREZ
APODERADOS DE LA PARTE ACTORA: Celene Alfonso
PARTE DEMANDADA: REPRODUCCIONES JAPON, C.A. y DE ARTE PUBLICIDAD, C.A.
APODERADOS DE LA PARTE DEMANDADA: Emilia Quintero
MOTIVO: Prestaciones Sociales


Hoy, 10 de enero de 2006, siendo las 1:30 p.m.., día y hora fijado para que tenga lugar la continuación de la Audiencia, se deja constancia que una vez anunciada la audiencia no compareció la parte demandante ciudadano JOSE TEOFILO ANDRADE PEREZ, titular de la Cédula de Identidad No. 9.353.867, ni por si ni por medio de apoderado judicial alguno. Asimismo, se deja constancia que compareció la abogado EMILIA QUINTERIO, inscrita en el Inpreabogado bajo el No. 63.994, en su carácter de apoderada judicial de las co-demandadas REPRODUCCIONES JAPON, C.A. y DE ARTE PUBLICIDAD, C.A. En razón que el accionante ciudadano JOSE TEOFILO ANDRADE PEREZ , antes identificado, a la realización de la Audiencia Preliminar, es por lo que de conformidad con lo previsto en el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, este Juzgado Séptimo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, CONSIDERA DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y TERMINADO EL PROCESO. PUBLIQUESE Y REGISTRESE LA PRESENTE DECISION. Años 195 y 146.
La Juez
Abg. Beatríz Rivas Artiles
El compareciente,
La Secretaria,

Abg. Astrid González Salazar