REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SUPERIOR SEGUNDO DEL TRABAJO
DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO
Valencia, 08 de Diciembre del año 2006
196º y 147º


ASUNTO GP02-R-2006-000497
DEMANDANTE: YANEIXIS ALVARADO
DEMANDADA: OPERADORA BINGO RIO, C.A
MOTIVO: PRESTACIONES SOCIALES

ACTA DE HOMOLOGACIÓN

Visto que consta a los autos diligencia de fecha veintisiete (27) de Diciembre del año 2006, suscrita por la abogado FRANCYS N. CASTRO, inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nº. 102.401 actuando en representación de la parte actora, ciudadana YANEIXIS ALVARADO, y por la otra la abogada ARGENTINA TALAVERA, inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nº. 31.037, en representación de la parte demandada en la presente causa,“OPERADORA BINGO RIO”,C.A en la cual la parte demandada ofrece en pago a la demandante la cantidad de SIETE MILLONES DE BOLIVARES (Bs.7.000.000,00), para de ésta manera dar por terminado el presente asunto. La representación judicial de la parte accionante, visto el ofrecimiento de la demandada lo cual da por satisfecho todos y cada uno de los conceptos demandados, acepta la propuesta formulada por la empresa “OPERADORA BINGO RIO”,C.A, mediante cheques girados contra el Banco B.O.D, signados con los Nrs. 13001731 y 17001732, de fecha 06 de diciembre del año 2006, por la cantidad de Bs. 898.312,52, 6.101.687,48, respectivamente, en consecuencia, este Tribunal, observa que por cuanto la misma no es contraria a derecho y versa sobre derechos disponibles a saber: 1) hay legitimidad de partes, es decir, se celebró entre demandante y demandada; y 2) no es contrario al orden público, le imparte su homologación a fines de que tenga fuerza de Cosa Juzgada en los términos acordados por las partes, de conformidad con lo establecido en el artículo 10 del Reglamento de la Ley Orgánica del Trabajo, en concordancia con lo dispuesto en los artículo 255 y 256 del Código de Procedimiento Civil, en aplicación analógica del artículo 11 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo.-
La Juez

BERTHA FERNANDEZ DE MORA
La Secretaria

Joanna Chivico
En la misma fecha se dictó, publicó y registró la anterior Acta de Homologación, siendo las 11:15 a.m.

La Secretaria

Joanna Chivico
BFdeM/JCH/lgf

GP02-R-2006-000497