REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Tribunal Octavo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo
Valencia, Diecinueve (19) de Diciembre de dos mil seis
196º y 147º
ACTA

N° DE EXPEDIENTE: GP02-L-2006-001378
PARTE ACTORA: JOSE GIOVANNI HERNANDEZ PAEZ
APODERADOS DE LA PARTE ACTORA: ADRIAN HERNANDEZ
PARTE DEMANDADA: COOPERATIVA DE TRANSPORTE MANROJO ACOOTRAM R.L
APODERADOS DE LA PARTE DEMANDADA: MARIA FATIMA COSTA y BELINDA NAVARRO
MOTIVO: PRESTACIONES SOCIALES

Vista la diligencia que antecede, suscrita por el abogado en ejercicio ADRIAN HERNANDEZ, inscrito en el IPSA bajo el Nro. 86.044, en su carácter de Apoderado Judicial de la parte actora, mediante la cual procedió a desistir de la acción, en consecuencia, este Juzgado Octavo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley CONSIDERA DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y TERMINADO EL PROCESO, todo de conformidad con lo establecido en el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo. PUBLIQUESE Y REGISTRESE LA PRESENTE DECISION. 147º y 196º.

La Juez.,


Abg. María Eugenia Núñez Briceño

La Secretaria.,

Abg. Astrid González.