REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Octavo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo
Valencia, Quince (15) de Diciembre de dos mil seis
196º y 147º
ACTA
N° DE EXPEDIENTE: GP02-L-2006-001424
PARTE ACTORA: REGINALDO MANUEL RODRIGUEZ VEGA
APODERADOS DE LA PARTE ACTORA: LIONEL LEÓN DOMINGUEZ
PARTE DEMANDADA: CONSTRUCCIONES MEDICAS INCOMED, C.A
APODERADOS DE LA PARTE DEMANDADA: JAIME TORTOLERO
MOTIVO: PRESTACIONES SOCIALES
En el día hábil de hoy, 15 de Diciembre de 2006, siendo las 9:00 AM, oportunidad fijada para que tenga lugar la Audiencia Preliminar en el presente juicio, se deja constancia que no compareció ni por sí ni por medio de apoderado judicial alguno la parte actora, así mismo, se deja constancia que se encuentra presente la abogada en ejercicio EIDA ORTEGA, inscrita en el IPSA bajo el Nro. 115.502, en su carácter de Apoderada Judicial de la empresa CONSTRUCCIONES MEDICAS INCOMED, C.A, por lo que ante su incomparecencia, este Juzgado Octavo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley CONSIDERA DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y TERMINADO EL PROCESO, todo de conformidad con lo establecido en el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo. Se deja constancia que se le hace entrega de las pruebas a la parte demandada. PUBLIQUESE Y REGISTRESE LA PRESENTE DECISION. 147º y 196º.
La Juez.,
Abg. María Eugenia Núñez Briceño
La Parte demandada.,
La secretaria.,
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