República Bolivariana de Venezuela
Juzgado Tercero Ejecutor de Medidas de los Municipios Valencia, Libertador, Los Guayos, Naguanagua y San Diego de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo


En el día de hoy 15 de diciembre de 2006, siendo las 11:00 de la mañana, sé traslado y constituyo el Juzgado Tercero Ejecutor de Medidas de los Municipios Valencia, Libertador, Los Guayos, San Diego, Naguanagua y Carlos Arvelo del Estado Carabobo, a cargo de la Juez Titular Doctora Mauricia González y la secretaria titular abogada Yulimar Fonseca, con la finalidad de cumplir la Comisión Nro. 2600, en compañía de la parte actora ciudadana AMAYA JAYO CORTABARRIA DE IRIONDO, venezolana, mayor de edad, y titular de la cedula de identidad Nro. 4.874.466, asistido por el abogado en ejercicio LUIS GODOY, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nro. 94.935, en el inmueble donde funciona la sociedad mercantil ubicado en la Zona Industrial Carabobo, Octava Transversal Sur 91-311, Galpón Nro. 85-91, Municipio Valencia del Estado Carabobo. Seguidamente el Tribunal procede a notificar al ciudadano_______________________________, venezolano y titular de la cédula Nro._______________, el cual presente quedo impuesto de la misión a cumplir por el Tribunal decretada por el Juzgado Cuarto de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, y del Transito de la circunscripción Judicial del Estado Carabobo, expediente Nro.20.928. Seguidamente la parte actora ciudadana AMAYA JAYO CORTABARRIA DE IRIONDO, venezolana, mayor de edad, y titular de la cedula de identidad Nro. 4.874.466, asistido por el abogado en ejercicio LUIS GODOY, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nro. 94.935, expone: Solicito al Tribunal notifique de la decisión del Tribunal Cuarto de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, y del Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, del nombramiento del ciudadano VICTOR MANUEL PEÑA, venezolano y titular de la cédula de identidad Nro. 1.377.180, Contador Público, debidamente inscrito en el C.P.C bajo el Nro 5.204, como ADMINISTRADOR, de la MATRICERIA y ESTAMPACIONES, C.A (MAES, C.A), inscrita por ante el Registro Mercantil Primero de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, en fecha 13 de agosto de 1.982, bajo el Nro. 15, Tomo 135-C, con el objeto de preservar los derechos del accionista demandante y evitar que en su perjuicio pudiera distraerse los bienes de la sociedad, el Administrador designado tendrá las facultades para supervisar los libros de contabilidad de la sociedad de comercio MATRICERIA y ESTAMPACIONES, C.A ( MAES, C.A), ya identificada, igualmente vigile las operaciones comerciales de la empresa y determine su actual situación financiera, estados de ganancias y perdidas,




informando de ello periódicamente al Tribunal, mientras dure el juicio, el mismo fue juramentado en fecha 13 de julio de 2006. Esta decisión tiene su apoyo en la sentencia dictada por el Tribunal Supremo de Justicia en su Sala Constitucional el día 02 de diciembre de 2003, en el expediente Nro. 03-1713. Seguidamente este Tribunal Tercero Ejecutor de Medidas actuando por Comisión en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por la autoridad que le confiere la ley notifica a la demandada del nombramiento por parte del Tribunal de la causa del ciudadano VICTOR MANUEL PEÑA, venezolano y titular de la cédula de identidad Nro. 1.377.180, Contador Público, debidamente inscrito en el C.P.C bajo el Nro 5.204, como ADMINISTRADOR, de la MATRICERIA y ESTAMPACIONES, C.A (MAES, C.A), inscrita por ante el Registro Mercantil Primero de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, en fecha 13 de agosto de 1.982, bajo el Nro. 15, Tomo 135-C, con el objeto de preservar los derechos del accionista demandante y evitar que en su perjuicio pudiera distraerse los bienes de la sociedad, el Administrador designado tendrá las facultades para supervisar los libros de contabilidad de la sociedad de comercio MATRICERIA y ESTAMPACIONES, C.A (MAES, C.A), ya identificada, igualmente vigile las operaciones comerciales de la empresa y determine su actual situación financiera, estados de ganancias y perdidas, informando de ello periódicamente al Tribunal, mientras dure el juicio, el mismo fue juramentado en fecha 13 de julio de 2006. Esta decisión tiene su apoyo en la sentencia dictada por el Tribunal Supremo de Justicia en su Sala Constitucional el día 02 de diciembre de 2003, en el expediente Nro. 03-1713. Seguidamente el Tribunal declara cumplida su misión, se le deja copia simple del acta levantada donde se indica la medida decretada y el tribunal de causa que la ordena, dejando expresa constancia que durante el lapso que duro la practica de la medida no se causaron daños a persona alguna ni a bienes materiales, garantizando en todo momento los derechos y garantías de las personas, ordena se remitan las actuaciones a su tribunal de causa y que el mismo regrese a su sede siendo las 12:00 del mediodía, es todo, termino, se leyó y conformes firman.