N° DE EXPEDIENTE: GP21-L-2006-000281.
PARTE ACTORA: CLETO MARCELINO RIVAS ZABALETA (NO COMPARECIO)
APODERADO JUDICIAL DE LA PARTE ACTORA: (NO COMPARECIO)
PARTE DEMANDADA: TRANSPORTES Y SERVICIOS CHAVEZ Y CONTRERAS C.A..
APODERADO JUDICIAL DE LA PARTE DEMANDADA: JANETT DEL CARMEN ACOSTA
MOTIVO: PRESTACIONES SOCIALES.
Hoy, 06 DE DICIEMBRE DE 2006, SIENDO LAS 10:00 A.M., día y hora fijado para que tenga lugar el INICIO DE LA AUDIENCIA PRELIMINAR, se deja expresa constancia DE LA INCOMPARECENCIA DE LA PARTE ACTORA: CLETO MARCELINO RIVAS ZABALETA, titular de la cedula de identidad Nº V-8.446.683, ni por si, ni por medio de Apoderado Judicial alguno. Por lo que de conformidad, con lo previsto en el Artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del trabajo, este Juzgado Décimo de Sustanciación, Mediación y Ejecución, tanto del nuevo Régimen como del Régimen Procesal Transitorio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, Extensión Puerto Cabello, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, “DECLARA DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y TERMINADO EL PROCESO”. Se deja constancia que por la empresa demandada TRANSPORTES Y SERVICIOS CHAVEZ Y CONTRERAS C.A., compareció a la audiencia su Apoderada Judicial Abogada JANETT DEL CARMEN ACOSTA, inscrita en el Inpreabogado bajo el Numero 101.499, según instrumento poder que presenta en original para ser agregado a los autos. Es todo.
Publíquese y Regístrese, la Presente decisión. 196 ° y 147 °
EL JUEZ
ABG. JOSE GREGORIO KELZI
APODERADA JUDICIAL DE LA EMPRESA DEMANDADA
LA SECRETARIA
ABG. ANYOHELI BERMUDEZ
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