REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SEGUNDO DE LOS MUNICIPIOS GUACARA Y SAN JOAQUIN

JUZGADO SEGUNDO DE LOS MUNICIPIOS GUACARA Y SAN JOAQUIN DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO. Guacara, Once (11) de Agosto del Dos Mil Seis (2006). Años 195° y 147°.-

1092/06

Visto el anterior libelo de la demanda y los recaudos que le acompañan interpuesto por el abogado JULIO IRIGOYEN GIL, en ejercicio e inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 78.399, en su carácter de apoderado judicial de los ciudadanos DELIA JOSEFINA ANDRADE VILORIA y PABLO ANDRÉS JIMENEZ, venezolanos, mayores de edad y titulares de las Cédulas de Identidad N° 3.665.885 y 4.667.540, respectivamente donde interponen Querella Funcionarial contra el Municipio San Diego del Estado Carabobo, por pago de Prestaciones Sociales y otros beneficios laborales, al respecto este Tribunal observa

PRIMERO: Revisadas como han sido las actas procesales que conforman el presente expediente, del libelo de la demanda se evidencia que la persona del demandado es un ente público municipal, como lo es el Municipio San Diego del Estado Carabobo.