REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE
JUZGADO TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL AGRARIO Y BANCARIO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO.-
Valencia, 09 de Agosto de 2006
196° y 147°
DEMANDANTE: ELIEBEL JOSEFINA URQUIA GOMEZ
ABOGADO: ENIMEL SAID URQUIA QUEVEDO
MOTIVO: RECTIFICACIÓN PARTIDA DE NACIMIENTO
SENTENCIA: INTERLOCUTORIA
EXPEDIENTE N°: 19.156
Por escrito presentado en fecha 28 de Julio de 2.006, por la ciudadana ELIEBEL JOSEFINA URQUIA GOMEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad número V-15.104.294 y de este domicilio, asistida por el Abogado ENIMEL SAID URQUIA QUEVEDO, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nro. 41.671, solicitó del Tribunal la Rectificación de su Partida de Nacimiento.
Revisadas como han sido las actas que conforman el presente expediente, se pudo constatar que la Partida de Nacimiento a rectificar, se encuentra inserta por ante la Alcaldía del Municipio Tocuyo de la Costa, Distrito Silva del Estado Falcón, bajo el N° 07, Folio 5 vto, de fecha 28 de Enero de 1980.
En tal sentido considera quien juzga, que la presente demanda debe ser decidida por un Juzgado de Primera Instancia de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón.
Por las razones de hecho y de derecho, este Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y Bancario de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley se declara INCOMPETENTE EN RAZÓN DEL TERRITORIO, de conformidad con lo establecido en la parte final del artículo 501 del Código Civil, el cual establece: “… y por orden del Tribunal de Primera Instancia a cuya jurisdicción corresponda la Parroquia o Municipio donde se extendió la partida”. Y en consecuencia, se declina la competencia en el Juzgado Distribuidor de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil de Tránsito y del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón, con sede en Tucacas.
Publíquese y déjese copia.
La Juez Titular,
(fdo)
Abog. Roraima Bermúdez G.
La Secretaria Temporal,
(fdo)
Carmen Egilda Martinez
En la misma fecha se publicó la anterior decisión siendo las 10:30 minutos de la mañana.-
La Secretaria Temporal,
(fdo)
Carmen Egilda Martinez
Exp. Nº 19.156
mr
CERTIFICO QUE LA COPIA QUE ANTECEDE ES TRASLADO FIEL DE SU ORIGINAL A LA CUAL SE CONTRAE DE CUYA EXACTITUD DOY FE, CERTIFICO Y EXPIDO DE CONFORMIDAD CON LO ESTABLECIDO EN LOS ARTICULOS 111 Y 112 DEL CÓDIGO DE PROCEDIMIENTO CIVIL. Valencia, 09 de Agosto de 2006.-
La Secretaria Temporal,
Carmen Egilda Martínez
EXPEDIENTE N°: 19.156
MOTIVO: RECTIFICACIÓN PARTIDA DE NACIMIENTO
DEMANDANTE: ELIEBEL JOSEFINA URQUIA GOMEZ
DECISIÓN: SENTENCIA INTERLOCUTORIA
DECLINACIÓN DE COMPETENCIA
FECHA: 09 de Agosto de 2006
JUEZ TITULAR: Abog. RORAIMA BERMÚDEZ GONZÁLEZ
JUZGADO TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL AGRARIO Y BANCARIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO.-
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