REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE
EL JUZGADO TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, AGRARIO Y BANCARIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO.
SOLICITANTES: HANDRYX CRISTIANG ROSALES PINTO y
KIMBERLY JOSEFINA LAGO JIMENEZ
ABOGADO: JOSÉ SILVINO CEBALLOS
SENTENCIA: DEFINITIVA
MOTIVO: DIVORCIO 185-A
EXPEDIENTE N°: 18.910
Por escrito presentado en fecha 11 de Mayo de 2006, los ciudadanos HANDRYX CRISTIANG ROSALES PINTO y KIMBERLY JOSEFINA LAGO JIMENEZ, venezolanos, mayores de edad, cónyuges entre sí, titulares de las Cedulas de Identidad Nros. V-12.751.071 y V-14.924.687 respectivamente, ambos de este domicilio, asistidos por el Abogado JOSÉ SILVINO CEBALLOS, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nro. 110.966, de este domicilio, manifestaron al Tribunal estar separados de hecho y no haber llevado vida común por más de cinco (5) años; por esos motivos y de conformidad con lo establecido en el Artículo 185-A del Código Civil, solicitaron se decretara el divorcio.
Emplazados los cónyuges y la Fiscal Décimo Octava (18°) del Ministerio Público en Materia de Familia, como consta a los folios 08 y 11 del expediente.
En diligencia de fecha 12 de Junio de 2006, los solicitantes HANDRYX CRISTIANG ROSALES PINTO y KIMBERLY JOSEFINA LAGO JIMÉNEZ, ya identificados y asistidos de abogado, se dieron por citados, renunciaron al lapso de la comparecencia y ratificaron en todas y cada una de sus partes la solicitud de divorcio presentada.
Dentro del lapso correspondiente la Fiscal del Ministerio Público, presentó escrito en el cual manifiesta que no hay lugar a oposición. Igualmente solicitó se instara a los solicitantes indicarán si fueron procreados hijos o no durante el matrimonio, lo solicitado fue acordado mediante auto de fecha 07 de julio de 2006. Mediante diligencia del 09 de Agosto de 2006, los solicitantes HANDRYX CRISTIANG ROSALES PINTO y KIMBERLY JOSEFINA LAGO JIMÉNEZ, ya identificados y asistidos de abogado, manifestaron que no fueron procreados hijos durante la unión conyugal.
En el presente caso se han cumplido los requisitos exigidos en el artículo 185-A del Código Civil, por lo que, de acuerdo a la citada disposición legal, este Tribunal Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y Bancario de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la presente solicitud de divorcio, formulada por los ciudadanos HANDRYX CRISTIANG ROSALES PINTO y KIMBERLY JOSEFINA LAGO JIMENEZ, identificados suficientemente en autos y en consecuencia, DISUELTO el vínculo que los unía desde el día 29 de Abril de 1996, fecha en que contrajeron matrimonio civil por ante el Prefecto de la Parroquia Miguel Peña, Municipio Valencia del Estado Carabobo.
En cuanto a hijos y bienes, el Tribunal no hace ningún pronunciamiento, en virtud de que los Solicitantes manifestaron en su escrito que durante la unión matrimonial no fueron procreados los mismos y no constan en el expediente bienes que liquidar.
Publíquese y déjese copia.
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y Bancario de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, en Valencia a los nueve (09) días del mes de Agosto del año dos mil seis (2006). Años: 196° de la Independencia y 147° de la Federación.-
La Juez Titular,
Abg. Roraima Bermúdez G.,
La Secretaria Temporal,
Carmen Egilda Martínez
En la misma fecha se publicó la anterior sentencia, siendo las 11:00 de la mañana.-
La Secretaria Temporal,
Carmen Egilda Martínez
Exp. N° 18.910.-
.-mr
Certifico que la copia que antecede es traslado fiel y exacto de su original, a la cual se contrae, de cuya exactitud doy fe, certifico y expido, de conformidad con lo establecido en los artículos 111 y 112 del Código de Procedimiento Civil. Valencia, 09 de Agosto de 2006.-
La Secretaria Temporal,
EXPEDIENTE: 18.910
SOLICITANTES: HANDRYX CRISTIANG ROSALES PINTO y KIMBERLY JOSEFINA LAGO JIMENEZ
MOTIVO: DIVORCIO 185-A
SENTENCIA: DEFINITIVA
CON LUGAR LA SOLICITUD
FECHA: 09 de Agosto de 2006
JUEZ TITULAR: ABOG. RORAIMA BERMÚDEZ GONZÁLEZ
JUZGADO TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, AGRARIO Y BANCARIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO.-
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