JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, AGRARIO y BANCARIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO.-
Valencia, 02 de agosto de 2.006
Año 196º y 147º
DEMANDANTE: RICARDO COSSON LOPEZ
DEMANDADO: VICTOR RIVAS y BETTY DE RIVAD
MOTIVO: COBRO DE BOLIVARES
EXPEDIENTE Nro. 44.636
Vista la anterior diligencia suscrita por el Abog. RICARDO COSSON LOPEZ, mediante la cual DESISTE del presente procedimiento, este Tribunal HOMOLOGA dicho desistimiento de conformidad con lo establecido en el Artículo 263 del Código de Procedimiento Civil y acuerda tenerlo como sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada. Como se solicita, se acuerda la SUSPENSION de la medida de prohibición de enajenar y gravar que pesa sobre el inmueble descrito en autos. Líbrese oficio al ciudadano Representante de la Oficina Inmobiliario del Municipio Guacara a los fines consiguientes. Se da por terminado el presente juicio y se ordena el archivo del expediente.-
El Juez Provisorio
La Secretaria Temporal,
Abog. Rafael Ricardo Gimènez
Delia Carrillo Morales

Se hizo lo ordenado. Se Homologó desistimiento. Se suspendió medida de prohibición de enajenar y gravar con oficio Nro. 1.408. Se da por terminado el presente juicio. Se archivó el expediente.-
La Secretaria Temporal,
Exp. No. 44.636
RRG/cc.-