REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

Tribunal Octavo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo
Valencia, 06 de abril de dos mil seis
195º y 146º
ASUNTO: GP02-L-2005-001886
PARTE ACTORA: PEDRO JOSE GONZALEZ, WILLIAM JOSE RODRIGUEZ y LUIS MIGUEL REYES PERALTA
APODERADOS JUDICIALES DE LA PARTE ACTORA:
PARTE DEMANDADA: CORPORACION ARCA C.A. y HAMBIENTAT C.A.
APODERADOS JUDICIALES DE LA DEMANDADA:
MOTIVO: PRESTACIONES SOCIALES

Visto que la parte actora no corrigió el libelo de la demanda dentro del lapso de los dos (2) días hábiles indicados en auto de fecha 31 de enero de 2006, este Tribunal Octavo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: LA PERENCION DE LA INSTANCIA, todo de conformidad con lo establecido en el Artículo 124 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo.

La Juez.,


Abg. María Eugenia Núñez Briceño
La Secretaria.,


Abg. Mayela Díaz.