REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA


PODER JUDICIAL

Tribunal Primero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción judicial del Estado Carabobo.
Valencia, 24 de Abril de 2.006
195º y 147º

ASUNTO: GP02-L-2006-000611


Visto el cómputo que antecede efectuado por secretaría, este Tribunal observa que la parte actora ciudadano EDERIS ATILIO CASTILLO VALERA, titular de la cédula de identidad N° 9.536.282, en virtud de que no se pudo hacer la y que la parte actora no impulso la respectiva demanda. En consecuencia, este Tribunal Primero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: LA PERENCION DE LA INSTANCIA.
La Juez

Abg. MARJORIE GÓMEZ QUINTERO.





EL Secretario

Abg. LUIS MIGUEL MORENO.