REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO CARABOBO
TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIÓN DE JUICIO
Valencia, 24 de Abril de 2006
Año 196º y 147º




ASUNTO: GK01-P-2002-000007
JUEZA Abg. Ylvia Samuel Escalona
FISCAL: Hernán Mirabal
SECRETARIA: Eylin C Ruiz V
IMPUTADO: MIGUEL OCTAVIO PACHECO QUIROZ
DEFENSOR: Antonio Marval

Quien suscribe Jueza Ylvia Samuel Escalona, de esta Jurisdicción Penal En el día de hoy veinte de abril de dos mil seis, siendo las 11:18 horas de la mañana, convocada para dar inicio a la Audiencia de imposición de Sentencia del Acusado, MIGUEL OCTAVIO PACHECO QUIROZ. Se constituye el Tribunal de Juicio N ° 1, presidido por la Juez Abg. Ilvia Samuel, asistida por la Secretaria Eylin C Ruiz y el Alguacil de la sala. Se verifica la presencia de las partes se deja constancia que se encontraban presentes, el Fiscal de Transición Abg. Hernán Mirabal, el Acusado de Autos Miguel Octavio Pacheco Quiroz, y el defensor Privado Abogado Antonio Marval. En consecuencia este tribunal en Función de Juicio Administrando Justicia en Nombre de la República, y por autoridad de la Ley en este acto paso a imponer el al ciudadano: Miguel Octavio Pacheco Quiroz. Identificado con el numero de cedula de identidad 12.238.596, residenciado en barrio Los Samanes sur callejón San Juan Valencia estado Carabobo. De la sentencia de fecha 26-9-2000, en la cual el tribunal Segundo de Primera Instancia para el Régimen Procesal Transitorio de esta Circunscripción Judicial, lo condeno a cumplir la pena de de 3 años y 6 meses de prisión, por el Delito de Robo a mano Armada en Grado de Frustración, previsto en el Articulo 460 en relación con el Art. 80 del Código Penal. Así mismo se dejo constancia que el acusado penado se le dicto ejecútese de sentencia por ante el Tribuna de Ejecución N ° 3 de este Circuito Judicial Penal, en fecha 27-9-2001, por lo que la Juez Tercera de Ejecución Abg. Marianella Hernández al realizar el ejecútese observo que el mismo no había sido impuesto de la sentencia, y acordó la remisión del asunto a este tribunal de juicio a los fines de la imposición de la sentencia, la cual se realizo en dicho acto se ordena la remisión inmediata nuevamente al tribunal de ejecución N ° 3. De esta misma Jurisdicción penal.
Remítase las actuaciones al tribunal de ejecución. Guárdese copia certificada de la presente decisión. Quedando las partes presentes notificadas.

La Juez de Juicio 1

Abg. Ylvia Samuel E


La secretaria.