En horas de despacho del día de hoy Veinte (20) de Abril del año Dos Mil Seis (2006), siendo las 9:00 a.m., se Traslada y Constituye el Juzgado Segundo Ejecutor de Medidas de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, a cargo de la Juez abogada Lucia D'Angelo y su Secretaria Yasmila Faria, en la sede de un lote de terreno de un área aproximada de Dos Mil Ochocientos Treinta y Ocho Metros Cuadrados con Cincuenta y Siete Decímetros Cuadrados (2.838,57 mts2) que forma parte del asentamiento campesino Colonia Agrícola Barbula, sector La Entrada, Barrio Coromoto, ubicada en el Municipio Naguanagua del Estado Carabobo, cuyos linderos se encuentran descritos en el despacho de comisión. Se deja constancia que el Tribunal se traslada en compañía del ciudadano FRANCISCO JOSE SANDOVAL, titular de la cédula de identidad N° V-7.050.701, actuando en su carácter de presidente de la Sociedad Civil Vista Alegre, de la ciudadana JUDITH JOSEFINA ACOSTA, titular de la Cédula de Identidad N° 5.115.782, secretaria de la mencionada Sociedad Civil, asistidos por la abogada Blanca Iturriza, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 20.624, quien actuando en su carácter de vice-presidente de la referida Asociación Civil, a fin de dar fiel y estricto cumplimiento al Mandamiento de Ejecución emanado del Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil del Estado Carabobo, en el cual ordeno medida Innominada consistente en poner en posesión inmueble objeto de demanda a la sociedad Civil Vista Alegre, con motivo del juicio por cumplimiento de contrato, intentado por la sociedad Civil Vista Alegre, contra el ciudadano Gregory Bernardo Carlsen Rincones. Seguidamente interviene la parte actora ya identificada asistida de abogado y expone: “solicitamos al Tribunal cumpla con el mandamiento de ejecución.” Acto seguido el tribunal notifica de la misión a cumplir a la ciudadana NORETTA MORENO DE RINCONES, titular de la cédula de identidad N° 4.859.566, quien manifiesta ser propietaria de un inmueble que se encuentra en el terreno objeto de medida. A continuación el Juzgado Segundo Ejecutor de Medidas de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, Actuando en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, pone en posesión el inmueble objeto de la demanda identificado en la presente acta cuyos linderos están identificados en el despacho de comisión a la Asociación Civil Vista Alegre, representada por los ciudadanos FRANCISCO SANDOVAL, JUDITH ACOSTA y BLANCA ITURRIZA, quienes la reciben conformes y exponen: “recibimos en nombre de nuestra representada la parcela de terreno descrita y alinderada en el mandamiento de ejecución que encabeza esta comisión dejando a salvo los derechos que tiene la notificada sobre el inmueble constituido por una casa de habitación construida sobre un área de terreno que forma parte de la extensión mayor que recibimos y que tiene un área aproximada de Trescientos Ochenta y Nueve Metros Cuadrados con Setenta y Seis Decímetros Cuadrados (389,76 mts2). A continuación la notificada pide un derecho de palabra y expone: “me comprometo a retirar una puerta de metal, dos ventanas de metal con su reja protectora y unos laminas asbecto que se encuentran en el interior del terreno pero fuera del área de su vivienda antes del lunes 24 del presente mes y año”. Acto seguido el tribunal considera cumplida su misión, acuerda remitir las actuaciones al comitente, da por concluido el acto y se restituye a su sede. Es todo. Termino, se leyó y conformes firman.
La Juez Temporal
(Firma Ilegible)
Abog. Lucia D’Angelo.
Parte Actora
(Firma Ilegible)
La Notificada Abog. Asistente
(Firma Ilegible) (Firma Ilegible)
La Secretaria,
(Firma Ilegible)
abg. Yasmila Faria.
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