El presente juicio, se inicia por interposición de la demanda de COBRO DE BOLIVARES (VIA INTIMATORIA), intentada por la Abogado MAIRELY T. RODRIGUEZ PEREZ, venezolana, mayor de edad, inscrita en el I.P.S.A. bajo el Nro. 61.339, endosataria en procuración de la ciudadana LUZMILA CHAPARRO; en contra de la ciudadana YARITZA DE FLORES, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V-8.511.795 y de este domicilio.- Por auto de fecha 08 de Marzo del 2005, se admitió la presente demanda con sus recaudos. Del estudio de las actuaciones que conforman este expediente, se evidencia que en fecha 08 de Marzo del 2005, se efectuó el último acto de procedimiento en este juicio, y por cuanto se observa que en la presente demanda, ha trascurrido más de un año sin que las partes hayan ejecutado algún acto del procedimiento,