REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SEPTIMO DE LOS MUNICIPIOS VALENCIA, LIBERTADOR, LOS GUAYOS, NAGUANAGUA Y SAN DIEGO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO.
VALENCIA, 25 de Abril de 2006
196° Y 147°
DEMANDANTE: HERMES JESÚS ABREU, titular de la cédula de identidad No.7.018.649, abogada inscrita en el I.P.S.A bajo el No.54.782 en su carácter de apoderada judicial de la Sociedad de Comercio “INVERSIONES AFA C.A”, inscrita por ante el Registro Mercantil de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, bajo el No.4, Tomo 21-C en fecha 04-06-1976 y Reconstituida el 18-03-1993, bajo el No.20, Tomo 21-A.
DEMANDADOS: SUSANA SHUM, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No.V-12.572.533 y de este domicilio.
ACCION: DESALOJO
MOTIVO: HOMOLOGACION (CONVENIMIENTO)
EXPEDIENTE: No.- 0940
Visto el Convenimiento efectuado en fecha 04-04-2006 por ante el Tribunal Tercero Ejecutor de Medidas de los Municipios Valencia, Libertador, Los Guayos, Naguanagua, San Diego y Carlos Arvelo de esta Circunscripción Judicial, entre la ciudadana SUSANA SHUM CORDERO (parte demandada) debidamente asistida por la abogada LOISNETTE MARTINEZ y el abogado HERMES ABREU LUZARDO apoderado judicial de la parte actora, en consecuencia el Tribunal le imparte su homologación, téngase como en Sentencia pasada en autoridad de COSA JUZGADA, todo de conformidad con lo establecido en el Artículo 263 del Código de Procedimiento Civil. Archívese el expediente.
LA JUEZ PROVISORIO,
ABOG. LIGIA RODRIGUEZ SALAZAR
LA SECRETARIA
ABOG. MARIA DEL R. MONTILLA
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