TRIBUNAL DE PROTECCION DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO.-

Valencia, 20 de septiembre de 2005 Año 195º y 146º

Por recibida la presente solicitud de HOMOLOGACION DE ACTA DE CONCILIACION POR REGIMEN DE VISITAS y sus recaudos presentados en fecha 16-09-2005 por la FISCALIA VIGESIMA PRIMERA DEL MINISTERIO PUBLICO DEL ESTADO CARABOBO. Désele entrada. Fórmese Expediente.- Anótese en los libros correspondientes.- Se admite cuanto ha lugar en derecho, Vista igualmente el Acta Convenio levantada en fecha 22-08-2004, por los ciudadanos JIM OCHOA COLINA y ENEIDY CHAVEZ MEZA a favor de la niña JIMNEIDY DEL CARMEN OCHOA CHAVEZ, esta Juez Unipersonal N° 3 acuerda homologar el acta de conciliación de esta misma fecha, suscrita por los ciudadanos antes mencionados, y por cuanto no es contraria a ninguna disposición de la Ley, al orden público, ni a las buenas costumbres, ésta Sala de Juicio del Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, le imparte su respectiva HOMOLOGACION POR REGIMEN DE VISITAS: PRIMERO: el ciudadano JIM OCHOA COLINA, visitará a su hija los fines de semana alternos desde el sábado (desde las 4:00 pm) hasta el día domingo que la retornara a la casa de su progenitora a las 4:00 pm; iniciando desde el sábado y domingo 27-28 de agosto del 2005. Los días 24 y 31 de diciembre de cada año, compartirá con la niña durante el día y luego la llevará en horas de la tarde (06:00 pm) a la casa de la progenitora. Durante las visitas el progenitor vigilara la alimentación de la niña de acuerdo como la progenitora lo señale, cualquier novedad se le notificará a la progenitora. SEGUNDO: la ciudadana ENEIDY CHAVEZ MEZA acepta lo anteriormente expuesto en los términos establecidos.- Expídase por Secretaría copia certificada y entréguese a la parte.-
LA JUEZ PROFESIONAL DE PROTECCION


DRA. MAGALY PEREZ VELASQUEZ
LA SECRETARIA


ABOG. MORELA SERENO



En la misma fecha se cumplió lo ordenado y se le dio entrada bajo el N° C-29.122-.


MPV/as.-