REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
JUZGADO OCTAVO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN,
MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN
JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO
Valencia, veinte de Septiembre de dos mil cinco
195º y 146º
ASUNTO: GP02-S-2005-000238
PARTE ACTORA: YAIDA BLANCO
APODERADOS DE LA PARTE ACTORA:
PARTE DEMANDADA: INVERSIONES COFRADIA, C.A (Policlinica Guacara). APODERADOS DE LA PARTE DEMANDADA:
MOTIVO: CALIFICACION DE DESPIDO
En el día hábil de hoy, Veinte (20) de Septiembre de 2005, siendo las 10:16 AM, oportunidad fijada para que tenga lugar la Audiencia Preliminar en el presente juicio, se deja constancia de la incomparecencia de las partes. Por lo que de conformidad con lo previsto en el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, este Juzgado Octavo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley CONSIDERA DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y TERMINADO EL PROCESO. PUBLIQUESE Y REGISTRESE LA PRESENTE DECISION. Años 146 y 195.
La Juez.,
Abg. María Eugenia Núñez Briceño
La Secretaria.,
Abg. Marjorie Gómez
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