ACTA



N° DE EXPEDIENTE:GP02-L-2005-001213
PARTE ACTORA:PEDRO MIGUEL URQUIOLA
APODERADOS DE LA PARTE ACTORA: AGUEDA BEATRIZ BORDONES GONZALEZ, Argenis Gonzalez Salas
PARTE DEMANDADA: 3M MANUFACTURERA DE VENEZUELA, S.A.
APODERADOS DE LA PARTE DEMANDADA:PEDRO MIGUEL URQUIOLA y 3M MANUFACTURERA DE VENEZUELA, S.A.
MOTIVO:

En el día hábil de hoy,30 de Septiembre de 2005, siendo las 11:41 AM, oportunidad fijada para que tenga lugar la Audiencia Preliminar, comparecen los ciudadanosPEDRO MIGUEL URQUIOLA y 3M MANUFACTURERA DE VENEZUELA, S.A. en su carácter de parte actora y demandada respectivamente, debidamente asistidos por abogados o representados por apoderados judiciales , quienes han llegado al siguiente acuerdo, de conformidad con lo previsto en el artículo 133 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo . Este Tribunal en vista de que la mediación ha sido positiva, de conformidad con lo previsto en el artículo 133 ejusdem, da por concluido el proceso y por cuanto el mismo no vulnera derechos irrenunciables del trabajador, ni normas de orden público, HOMOLOGA EL ACUERDO DE LAS PARTES, dándole efectos de la Cosa Juzgada .


El Juez

El Secretario

Abg. Emilia Yrureta Ortíz





Los Presentes