JUZGADO DEL MUNICIPIO DIEGO IBARRA DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO.- Mariara, 22 de Septiembre de 2005

195° Y 146°
Vista la solicitud, presentada en fecha 16 de Septiembre de 2005, suscrita por el ciudadano: PEDRO ENGELBERT LÓPEZ BOHÓRQUEZ, venezolano, mayor de edad y titular de la Cédula de Identidad No. V-11.982.476, en su carácter de Presidente, de la Empresa “INVERSIONES PEDRO LÓPEZ, C.A.”, en donde autoriza a la Licenciada CARMEN FRINEÉ ARÉVALO, venezolana, mayor de edad y titular de la Cédula de Identidad N°. 7.274.384, para que realice todas las gestiones para el sellados de los libros de contabilidad. Désele entrada y Cúmplase. El Tribunal acuerda de conformidad lo solicitado, a tal efecto, ordena la Apertura y Sellado de los siguiente Libros de conformidad con el Artículo N°.32 del Código de Comercio, destinado a servir de “LIBRO DIARIO”, constantes de Doscientas (200) páginas, numeradas en Cien (100) folios útiles, “LIBRO MAYOR”, constante de Doscientas (200) páginas, numeradas en Cien (100) folios útiles, “LIBRO INVENTARIO”, constante de Doscientas (200) páginas, numeradas en Cien (100) folios útiles, “LIBRO DE ACTAS”, constante de Cien (100), páginas, numeradas en Cincuenta (50) folios útiles y “LIBRO DE ACCIONISTAS”, constante de Cincuenta y Tres (53) páginas, numeradas en Cincuenta y Tres (53) folios útiles.
EL JUEZ PROVISORIO

LA SECRETARIA TEMPORAL


En igual fecha se cumplió con lo ordenado en el auto anterior y se le dio entrada bajo el No. 553.-05.

LA SECRETARIA TEMPORAL


SOL.553-05
ALA/MJBM/Solmar