JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, AGRARIO, y BANCARIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO.-
Valencia, 20 de septiembre de 2.005
Año 195º y 146º
DEMANDANTE: JOEL SUMOZA OLIVO
DEMANDADO: MIRIAM COROMOTO FRANCO
MOTIVO: RESOLUCION DE CONTRATO
Expediente: Nro. 49.498
Visto la anterior diligencia de fecha 19 del presente mes y año, suscrita por el Abog. FRANCISCO NUÑEZ FLORES, actuando en su carácter de apoderado judicial de la parte actora, con la cual consignan CONVENIMIENTO celebrado por las partes por ante la Notaria Pública Tercera de Valencia en fecha 16 del presente mes y año, este Tribunal de conformidad con lo establecido en el Artículo 263 del Código de Procedimiento Civil, y considerando que las mismas son capaces, que los derechos respecto a los cuales se convienen son disponibles y que no han sido violadas normas del orden público, le imparte su HOMOLOGACIÓN a dicho CONVENIMIENTO en nombre de la República y por Autoridad de la Ley. Procédase como sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada.
El Juez Provisorio
La Secretaria Temporal
Abog, Rafael Ricardo Gimènez
Delia Carrillo M.

Se hizo lo ordenado. Se homologó convenimiento.
La Secretaria Temporal

EXP. Nro.49.498
RRG/cc.-