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REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
 
 
 
 
 
 JUZGADO SUPERIOR PRIMERO DEL TRABAJO DE  LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO
 
 ACTA
 AUDIENCIA ORAL,  PÚBLICA Y CONTRADICTORIA
 FIJADA PARA EL DIA DE HOY,
 MARTES VEINTICINCO  (25) DE  OCTUBRE DEL AÑO 2005
 AÑOS 195º  Y 146º
 
 Se abrió la  sesión presidida por  la ciudadana Juez  HILEN DAHER DE LUCENA, con la asistencia   de la Secretaria del Tribunal Abogada ANMARIELLY HENRÍQUEZ RODRÍGUEZ  y el Alguacil Sr.  ANGEL BONNET. Constituido el Tribunal en el Despacho  del Juzgado Superior Primero del Trabajo de la Circunscripción  Judicial del Estado Carabobo,  a las diez (10:00 a.m.) de la mañana, a los fines  de que tuviese  lugar la audiencia prevista en el artículo 163 de la Ley Orgánica Procesal  del Trabajo, donde las partes deberán formular sus alegatos y defensas oralmente, de manera pública y contradictoria, en relación con el recurso de apelación interpuesto por la abogada YASMIN CORDERO DE COLINA, en su carácter de Apoderada Judicial de la parte Demandada que lo es la sociedad de comercio SEGUROS NUEVO MUNDO S.A., contra la sentencia dictada en fecha 20 de Mayo del año 2005, por el Juzgado Tercero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, en el juicio que por Calificación de Despido sigue la ciudadana ELBA JACQUELINE URBANO BOTELLO contra la Sociedad de Comercio SEGUROS NUEVOMUNDO.  Se dio apertura al acto y se deja constancia de la presencia en este acto de las abogadas CARMEN GUARNIERI T., y YASMIN CORDERO DE COLINA, inscritas en el Inpreabogado bajo los Números 61.561 y 17.645, respectivamente, en su carácter de Apoderadas Judiciales de la parte Demandada, Parte Apelante.  Igualmente se deja constancia de la presencia de la ciudadana ELBA JACQUELINE URBANO BOTELLO, titular de la Cédula de Identidad N° 7.116.839, en su carácter de Parte Actora, asistida por el abogado CARLOS DIAZ M., inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 94.075.  Seguidamente la ciudadana Juez HILEN DAHER DE LUCENA, interviene acotando los puntos sobre los cuales versa la presente apelación. A continuación se le otorga el derecho de palabra a la parte Demandada recurrente; quien expuso las razones que a su juicio justifican la apelación del fallo recurrido. Igualmente se le concedió el derecho de palabra a la parte Demandante. Concluida  su exposición, la ciudadana Juez HILEN DAHER DE LUCENA, intervino hace varias acotaciones y formuló preguntas.  El Tribunal, siendo las 10:40 a.m., se reserva un lapso de 60 minutos para proceder a dictar el dispositivo del fallo, de conformidad con el artículo 165 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo. Siendo la 11:30 a.m., este Tribunal Superior Primero del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, pasa a decidir en forma oral e  inmediata  el presente recurso, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por  autoridad de  la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, Declara:  PARCIALMENTE CON LUGAR el recurso de apelación ejercido por la accionada; Queda en estos términos revocada la sentencia recurrida; No se condena en costas por no haber vencimiento total.
 Se ordena agregar al expediente C.D. de grabación del presente acto.
 Siendo las 11:30 a.m. de la mañana  se declara  que ha concluido  el acto y con éste la presente audiencia.
 De conformidad con el artículo 165 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, el Tribunal se reserva el lapso legal para publicar el texto  íntegro de la decisión.
 Se retira la ciudadana  Juez  y se ordena la publicación de la presente Acta. Es todo, término, se leyó y conformes
 firman,
 
 
 
 HILEN DAHER DE LUCENA.
 JUEZ
 
 
 
 
 
 LAS APODERADAS DE LA DEMANDADA,
 
 
 
 
 LA ACTORA Y SU ABOGADO ASISTENTE,
 
 
 
 
 ANMARIELLY HENRÍQUEZ RODRÍGUEZ
 SECRETARIA,
 
 
 Exp. No. GP02-R-2005-000484
 Recurso de Apelación
 Anmarielly Henríquez
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
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