REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE CONTROL

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO CARABOBO
TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIÓN DE CONTROL
Valencia, 15 de Septiembre de 2005
Años 195º y 146º

ASUNTO : GP01-P-2005-002829

Por recibidas las actuaciones de la Oficina de Alguacilazgo de esta sede judicial, contentivas del escrito suscrito por el ciudadano Abg. HERNAN MIRABAL, Fiscal del Ministerio Público Para el Régimen Procesal Transitorio, por medio del cual notifica que en fecha 12/09/2.005 se recibió procedimiento policial en el cual funcionarios del Comando Policial del Municipio Diego Ibarra, quienes presentaron ante ese Despacho al ciudadano JOSÉ MIGUEL GADEA FIGUEROA, venezolano, natural de Mariara, Estado Carabobo, de 41 años de edad, nacido en fecha 20/03/1964, soltero, hijo de Luis Enrique Gadea Figueroa y Ana Ramona Figueroa, titular de la Cédula de identidad Nº 9.670.138, de profesión u oficio obrero, residenciado en: Barrio José Félix Rivas, Calle Guamacho, casa Nº 51, Valencia, Estado9 Carabobo; quien resultó detenido por la solicitud que presenta, constatándose que el mismo se encontraba solicitado por el extinto Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Penal de esta Circunscripción Judicial según telegrama 1376 de fecha 23/01/1997 y oficio Nº 3171, de fecha 10/12/1996. El representante del Ministerio Público, ABG. HERNÁN MIRABAL, Fiscal del Ministerio Público Para el Régimen Procesal Transitorio, manifestó en la audiencia efectuada a fin de la presente notificación, que actuando como parte de buena fe, y efectuando todas las diligencias pertinentes a fin de localizar la causa, constató que en fecha 25/07/2002 el tribunal de primera instancia en función de control Nº 03 de este circuito judicial penal decretó el sobreseimiento de la causa seguida en su contra por el delito de HURTO CALIFICADO, en la causa signada con el Nº C3-3557, el cual fue remitido al archivo judicial en fecha 25/08/2003 según oficio Nº 25812. Asimismo el Fiscal señala que el imputado fue aprehendido por la misma causa en fecha 05/07/2005 ante el Tribunal Séptimo en función de control de este circuito judicial, quien decretó su libertad plena y ordenó remitir las actuaciones al referido tribunal tercero en función de control, por lo que solicita se le decrete la Libertad Plena al ciudadano mencionado. El Tribunal impuso al ciudadano JOSÉ MIGUEL GADEA FIGUEROA, del precepto constitucional contenido en el artículo 49 ordinal 5º de la Constitución Nacional, manifestando dicho ciudadano no querer rendir declaración. El ciudadano abogado GUILLERMO CORALES, Defensor Público adscrito al Sistema Autónomo de Defensa Pública de este Estado, quien asiste en la defensa al prenombrado ciudadano se acogió a la solicitud fiscal y solicitó se remitieran los oficios a los organismos competentes a fin de excluir solicitud en contra de su defendido. En virtud de lo todo lo expuesto por las partes en la audiencia, este Tribunal para decidir observa: PRIMERO: Consta en las actuaciones actas procesales levantadas por los funcionarios adscritos al Comando Policial de Diego Ibarra, Estado Carabobo donde se dejó constancia de las circunstancias de la detención del ciudadano JOSÉ MIGUEL GADEA FIGUEROA, el cual al ser verificado por el sistema de SIPOL, resultó estar solicitado por el extinto Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Penal de esta Circunscripción Judicial según telegrama 1376 de fecha 23/01/1997 y oficio Nº 3171, de fecha 10/12/1996; pero en fecha 25/07/2002 el tribunal de primera instancia en función de control Nº 03 de este circuito judicial penal decretó el sobreseimiento de la causa seguida en su contra por el delito de HURTO CALIFICADO, en la causa signada con el Nº C3-3557, el cual fue remitido al archivo judicial en fecha 25/08/2003 según oficio Nº 25812. Asimismo el imputado fue aprehendido por la misma causa en fecha 05/07/2005 ante el Tribunal Séptimo en función de control de este circuito judicial, quien decretó su libertad plena y ordenó remitir las actuaciones al referido tribunal tercero en función de control. SEGUNDO: En virtud de todo lo expuesto por las partes en la audiencia, y de los razonamientos de hecho y derecho alegados, este Tribunal Primero en función de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Carabobo, administrando Justicia, en nombre de la República de Venezuela, y por autoridad de la Ley, decreta a favor del ciudadano JOSÉ MIGUEL GADEA FIGUEROA, suficientemente identificado ut supra, LIBERTAD SIN RESTRICCIONES. Líbrese oficio de libertad a la Comandancia de Policía de esta ciudad. Quedan debidamente notificadas las partes de la presente decisión. Déjese copia, remítase la actuación al Tribunal de Primera Instancia en lo Penal en Función de Control Nº 03, a los fines de que ordene lo conducente para que el imputado sea excluido del sistema de registro policial. Cúmplase.-
LA JUEZ PRIMERA DE CONTROL,

ABG. SONIA A. PINTO MAYORA
EL (LA) SECRETARIO (A),


ABG.

En la misma fecha se cumplió lo ordenado.-
SAPM