Horas de despacho del Día de hoy, diez (10) de octubre de dos mil cinco (2005), siendo las diez y cuarenta minutos de la mañana (10:40 am), se trasladó y constituyó el Juzgado Primero Ejecutor de Medidas de los Municipios Valencia, Libertador, Los Guayos, Naguanagua, San Diego y Carlos Arvelo de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, en un inmueble ubicado en la Avenida 106, numero 138-A-57, urbanización el Viñedo, Parroquia San José, Municipio Valencia del Estado Carabobo, en compañía de la ciudadana Marisol López Sozaya, titular de la cédula de identidad N° 7.088.309 y su Apoderada Judicial Abogado Gregoria Alvarado Rodríguez, inscrita en el inpreabogado bajo el N° 61.581, parte actora, con la finalidad de practicar reenganche y pago de salarios caídos decretado por el comitente, que lo es el Juzgado Primero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo del Régimen Procesal Transitorio del Estado Carabobo.- Presente la ciudadana Cristina Giusti Reverón, titular de la cédula de identidad N° 5.386.244, en su carácter de Directora General de la Unidad Educativa Instituto San Valentín, C.A, en cuya sede se encuentra el Tribunal constituido, se le notificó de la misión a realizar, y quien procedió a llamar telefónicamente con un abogado a fin de que le asista en el acto.- Seguidamente se hizo presente la abogado Nora del Carmen Romero de Giusti, inscrita en el inpreabogado bajo el N° 13.026, a fin de asistir a la notificada.- En este estado, el Tribunal informa a la notificada asistida de abogado, la orden de reenganche de la trabajadora, Marisol López Zosaya, a su puesto de Trabajo y el correspondiente pago de los salarios caídos desde el 22 de octubre de 2001, hasta el 26 de octubre de 2004, por un monto de TRECE MILLONES CIENTOS CINCUENTA Y TRES MIL SESENTA Y DOS BOLIVARES CON NOVENTA Y TRES CENTIMOS (Bs. 13.153.062,93).- seguidamente la notificada asistida de abogada expone: Se acepta el reenganche efectivo a partir del día de mañana, 11 de octubre de 2005, en el cargo que ocupaba para el momento del despido, es decir, Orientadora en el horario comprendido entre las 7:00 de la mañana y la 1:45 de la tarde o bien conforme conforme con la dinámica actual de las actividades escolares y con un salario actualizado a la fecha y al desempeño del cargo.- En cuanto al pago de los salarios caído fijaos por el Tribunal de la causa en la cantidad de Bs.13.153.062,93, se le ofrece cancelarlo en tres partes, la primera el día viernes 14 de octubre de 2005, por un monto de Bs.4.384.354,31 y las otras dos partes el mismo monto dos días 14 de noviembre de 2005 y 14 de diciembre de 2005.- En este estado la parte actora expone; Acepto la propuesta en los términos y condiciones antes expuesto.- El tribunal, vista la exposición de las puertas por cumplida su misión y acuerda regresar a su sede. Siendo las 12:00 del mediodía.- Es Todo.- Terminó, se leyó y conformes firman: La Juez Provisorio (Fdo) Alix Rodríguez; La Parte Actora y su Apoderada Judicial (Fdo) Firmas Ilegibles; La Notificada (Fdo) La Notificada y su Abogado Asistente; El Secretario Temporal (Fdo) Abg. Ilich Betancourt.
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