TRIBUNAL DE PROTECCION DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO.-

Valencia, 03 de Noviembre de 2.005
195º y 146º

Vista la solicitud formulada por la ciudadana MARIANNE RUTH PLAZAS TEPEDINO, titular de la Cédula de Identidad Nº V-12.165.311, asistida por la abogada THANIMAR ARCAYA LOPEZ, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 101.487, mediante la cual solicita que de conformidad con lo establecido en el artículo 270 del Código Civil se le designe CURADOR AD-HOC a su hijo MIGUEL ANDRES PLAZAS TEPEDINO, quien se encuentra bajo su Patria Potestad. Vista la notificación, aceptación y juramentación de la ciudadana THAMARA CARIAS ALVARADO, titular de la Cédula de Identidad Nº 3.183.463, para dicho cargo. Notificada como ha sido la ciudadana Fiscal Especializada en Materia Civil y Familia del Ministerio Público del Estado Carabobo. Estudiados en su conjunto todos los elementos que integran el expediente y cumplidos como han sido los requisitos exigidos por la Ley, este TRIBUNAL DE PROTECCION DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO, ADMINISTRANDO JUSTICIA, EN NOMBRE DE LA REPUBLICA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, RESUELVE: Se discierne el cargo de CURADOR AD-HOC del niño MIGUEL ANDRES PLAZAS TEPEDINO, a la ciudadana THAMARA CARIAS ALVARADO, plenamente identificado, cumpliéndose con la formalidad que señala el artículo 110 del Código Civil.- Expídase por Secretaría y para la parte interesada copia certificada de la presente decisión.-
LA JUEZ PROFESIONAL DE PROTECCION


DRA. MAGALY PEREZ VELASQUEZ
LA SECRETARIA


Abog. DEIBYS LORETO
MPV/as.-
S-5560.-