REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÒN, MEDIACIÒN Y EJECUCIÒN DEL TRABAJO DEL REGIMEN PROCESAL TRANSITORIO DE LA CIRCUSNCRIPCIÒN JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO
Valencia, 04 de Noviembre de 2005
195º y 146º


Nº DE EXPEDIENTE: 25100
PARTE ACTORA: RUBEN CARABALLO CASTILLO
APODERADO DE LA PARTE ACTORA: -
PARTE DEMANDADA: EVCAVEN, C.A
APODERADOS DE LA PARTE DEMANDADA:
MOTIVO: PRESTACIONES SOCIALES.

ACTA

Hoy, Cuatro (04) de Noviembre de 2005, siendo las 10:00 am., hora establecida en el reloj del Tribunal y oportunidad fijada para que tenga lugar la celebración de la prolongación de la Audiencia Preliminar en la presente causa, comparecen a la misma los actores de autos, ciudadanos VILLALBA RUIZ NEULIS JOSEFINA y RUBEN JOSE CARABALLO CASTILLO, Venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nos. V-3.751.787 y V-5.514.250; asistidos por los abogados LUIS BARRANCO LA GRUTTA y FREDDY BARRANCO LA GRUTTA, inscritos en el IPSA bajo los Nos. 5.758 Y 67.386 respectivamente; por la parte demandada EVCAVEM, C.A, en su representación asistió la abogada MARTA TANYA HELENA BECKER, inscrita en el IPSA bajo el Nº 40.496, en su carácter de Apoderada Judicial. Dando así inicio a la prolongación de la Audiencia Preliminar imponiéndolos el Juez del Objeto perseguido en esta audiencia como es que las partes a través de un medio alternativo de solución de conflictos produzcan un acuerdo que de por terminado el conflicto que sustancialmente los vincula. Las partes conjuntamente con el Juez consideran necesario prolongar la celebración de la Audiencia Preliminar, a cuyo efecto se fija el día Viernes 11 de Noviembre de 2005, a las 09:00 am., para la celebración de la misma, indicándosele a las partes la obligación de comparecer a la Audiencia prolongada, so pena de imponerse la sanción correspondiente conforme a la Ley Adjetiva y a la Jurisprudencia de la Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, de conformidad con lo previsto en el artículo 132 de La Ley Orgánica Procesal del Trabajo.
EL JUEZ;

Abg.- OMAR JOSE MARTÍNEZ SULBARÁN

La Secretaria;

Abg.- MAYELA DIAZ



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