DECLARA INCOMPETENTE PARA CONOCER DEL PRESENTE RECURSO DE APELACIÓN DE LA SENTENCIA DEL JUZGADO SEGUNDO DE LOS MUNICIPIOS GUACARA Y SAN JOAQUÍN DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO DE FECHA 14-06-2001, Y DECLINA EL CONOCIMIENTO DE LA PRESENTE DEMANDA por CALIFICACION DE DESPIDO, incoado por LIGIA GARRIDO, en contra de C.A. HIDROLOGICA DEL CENTRO (HIDROCENTRO), a los Juzgados Superiores del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo.
En consecuencia, ordena remitir el presente expediente a la oficina de la Unidad de Recepción de documentos del Circuito Judicial Laboral del Estado Carabobo para su correspondiente distribución. Líbrese oficio.-
Dada, sellada y firmada en la Sala del Juzgado Primero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo, con competencia en el Régimen Procesal Transitorio de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, en Valencia a los OCHO (08) días del mes de NOVIEMBRE del año dos mil cinco (2005).
Juez
Diana Pares de Serapiglia

La Secretaria,
Yolanda Belizario
En la misma fecha, se registró y publicó la anterior sentencia, siendo las diez de la mañana (10:00 AM).
La Secretaria,
Yolanda Belizario
Exp. 17.908.
DPdeS/YB/amm.