REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
JUZGADO OCTAVO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN,
MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN
JUDIDIAL DEL ESTADO CARABOBO

Valencia, Treinta (30) de Noviembre de dos mil cinco
195º y 146º
ACTA

N° DE EXPEDIENTE: GP02-L-2005-001133
PARTE ACTORA: HEISA SANCHEZ
APODERADOS DE LA PARTE ACTORA: FREDDYS DORTA ORTEGA
PARTE DEMANDADA: SERVICIOS Y MANTENIMIENTOS 2007, S.A.
APODERADOS DE LA PARTE DEMANDADA: YOLANDA VEGAS
MOTIVO: PRESTACIONES SOCIALES

En el día hábil de hoy, 30 de Noviembre de 2005, siendo las 8:56 AM, oportunidad fijada para que tenga lugar práctica de la Medida de Ejecución sobre bienes propiedad de la demandada, acordada por auto de fecha 14 de Noviembre de 2005, comparecen por ante este Juzgado el Abogado en Ejercicio FREDDYS DORTA, inscrito en el IPSA bajo el N° 62.064, en su carácter de Apoderado Judicial de la ciudadana HEISA SANCHEZ, en su carácter de parte actora y por la demandada SERVICIOS Y MANTENIMIENTOS 2007, S.A. representada por la Abogada en Ejercicio YOLANDA VEGAS, inscrita en el IPSA bajo el N° 30.778, en su carácter de Apoderada Judicial según instrumento poder que acredita su representación consignado en copias simples en dos (02) folios útiles y cuyo original estuvo a la vista de este Tribunal y a efectos videndi se procedió a la devolución del mismo. Seguidamente en este acto la parte demandada procedió a ofrecer la cantidad de BOLIVARES UN MILLON CIENTO CINCUENTA MIL CON CERO CENTIMOS (Bs. 1.150.000,oo), pagaderos en esta misma oportunidad en cheque girado contra la Entidad Bancaria Fondo Comun, Banco Universal, Cheque N° 97-18280708 a nombre de la ciudadana HEISA SANCHEZ, correspondiente a sus prestaciones sociales como Vacaciones fraccionadas, utilidades fraccionadas y cualquier otro concepto derivado de la relación de trabajo y otro cheque girado contra la misma entidad bancaria, N° 08-18280721, por la



cantidad de BOLIVARES TRESCIENTOS CUARENTA Y CUATRO MIL DOSCIENTOS QUINCE CON CERO CENTIMOS (Bs.344.215,oo) correspondientes a las costas. Seguidamente la parte actora expone: Acepto la cantidad ofrecida y procedo en esta oportunidad a recibir la cantidad ofertada. Es todo. Este Tribunal Octavo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, en vista de que el acuerdo ha sido positivo, de conformidad con lo previsto en el artículo 133 ejusdem, da por concluido el proceso y por cuanto el mismo no vulnera derechos irrenunciables del trabajador, ni normas de orden público, HOMOLOGA EL ACUERDO DE LAS PARTES, dándole efectos de la Cosa Juzgada.

La Juez.,

Abg. María Eugenia Núñez Briceño
La Parte Actora.,


La Parte Demandada.,


El Secretario.,

Abg. Luis Miguel Moreno.