ACTA

N° DE EXPEDIENTE: GP02-L-2005-000926
PARTE ACTORA: JOSE NICOLAS JOYA
APODERADOS DE LA PARTE ACTORA: Ayarhis Nessi
PARTE DEMANDADA: MUNICIPIO AUTÓNOMO VALENCIA DEL ESTADO CARABOBO
APODERADOS DE LA PARTE DEMANDADA: Marianella Millan Rodriguezz
MOTIVO: Prestaciones Sociales


En el día hábil de hoy, 18 de noviembre de 2005, siendo las 09:00 AM, oportunidad fijada para que tenga lugar la celebración de la Audiencia Preliminar, se deja constancia que una vez anunciada la audiencia no compareció la parte demandante ciudadano JOSÉ NICOLAS JOYA, quien es mayor de edad, venezolana y titular de la Cédula de Identidad No. 3.490.970, ni por si ni por medio de apoderado judicial alguno. Asimismo, se deja constancia que compareció la abogado MARANELLA MILLAN RODRIGUEZ, inscrita en el Inpreabogado bajo el No. 27.295, en su carácter de apoderado judicial de la demandada Municipio Valencia del Estado Carabobo, y a los fines de evidenciar dicho carácter p´resentó copia de instrumento poder, constante de dos (2) folios. En razón que el demandante ciudadano JOSÉ NICOLAS JOYA, antes identificada, no compareció a la celebración de la Audiencia Preliminar, es por lo que de conformidad con lo previsto en el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, este Juzgado Séptimo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, CONSIDERA DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y TERMINADO EL PROCESO. PUBLIQUESE Y REGISTRESE LA PRESENTE DECISION. Años 195 y 146.
La Juez

Abg. Beatríz Rivas Artiles
La parte compareciente,

La Secretaria,

Abg. Astrid González Salazar