REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DEL MUNICIPIO DIEGO IBARRA DEL
ESTADO CARABOBO
Mariara, 23 de Noviembre de 2005.
195º y 146º
DECRETO
En razón a la resolución dictada por la Dirección Ejecutiva de la Magistratura, del Tribunal Supremo de Justicia, publicada en la página Web de dicho Tribunal Supremo, el cual cumple con la notificación.
Considerando que en fecha 21 de noviembre de 2005, la Rectoría Civil del estado Carabobo remitió circular No. 00400, originada del oficio No. CJ-05-8226, emanado de la Comisión Judicial del Tribunal Supremo de Justicia, estableció un horario de 08:30 a.m. A 03:30 p.m., como horario de despacho y de 03:30 p.m. a 04:30 p.m. como horas de Secretaria o Administrativas los días lunes a viernes.
Considerando, que en virtud de que el horario establecido en este Tribunal, no coincide con las horas señaladas en la respetiva resolución, a la cual se ha hecho referencia anterior.
Este Juzgado del Municipio Diego Ibarra de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, a los fines de dar cumplimiento a la resolución originaria emitida, adecua el horario establecido y por consiguiente decreta:
COMO HORARIO OFICIAL PARA TODOS LOS ACTOS JUDICIALES Y ADMINISTRTATIVOS EN LA SEDE DE ESTE DESPACHO JUDICIAL, el siguiente horario:
De Lunes de Viernes de 08:30 a.m. A 03:30 p.m., como horas de despacho y de 03:30 p.m. a 04:30 p.m. como horas de Secretaria o Administrativas. Este horario queda implementado a partir del día siguiente al de hoy, vale decir el día 24 de noviembre de 2005.
Será obligación de la Secretaria de éste Tribunal, Dra. MARIAJOSE BLANCHARD, y quien haga sus veces, cumplir y hacer cumplir el presente decreto y difundir el mismo a todo el personal, publicar en la página Web de este Juzgado y del estado y en la cartelera de este Tribunal a los fines de su conocimiento por parte del público, los abogados litigantes y los justiciables en General. Cúmplase.
El Juez.
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Dr. ANGEL LEONARDO ANSART
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