REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, AGRARIO, TRANSITO, TRABAJO, MARÍTIMO Y BANCARIO. EXTENSIÓN PUERTO CABELLO.

En horas de despacho del día de hoy, Veintiuno (21) del mes de Noviembre del año Dos Mil Cinco (2005), siendo las 11:00 de la mañana, día y hora fijada para que tenga lugar en este juicio el PRIMER acto conciliatorio, previo el anuncio de ley dado por el Alguacil del Tribunal a las puertas del despacho, se declaró abierto dicho acto. Presente la Abogada ROSIBEL CHIRINOS, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 75.895, en su carácter de apoderada de la parte demandante de autos, ciudadano GLEVI MACIEL LUGO, y quien no se encuentra presente en la Sala de este Despacho. Igualmente presente la abogada ROSA A. SANCHEZ de PEREZ, Inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 102.571, en su carácter de Defensora Judicial de la demandada de autos, ciudadana YENNY LACKELINE ORTIZ MONTILLA. El Tribunal deja constancia que el demandante de autos no se encuentra presente en este acto. Igualmente no estuvo presente la Fiscal del Ministerio Público, en consecuencia y de conformidad con el Artículo 756 del Código de Procedimiento Civil, se declara EXTINGUIDO la presente proceso. - Es todo. Terminó, se leyó y conformes firman.-
El Juez Temporal,

Dr. RAFAEL. E. PADRON HERNANDEZ.

La Apoderada del demandante,

Abog. ROSIBEL CHIRINOS,

La Defensora Judicial

Abog. ROSA A. SANCHEZ de PEREZ,

La Secretaria,

Abog. MERCEDES MEZONES.