Exp. 18.375.-

GADO TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, AGRARIO Y BANCARIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO.
Valencia, 11 de octubre de 2005
194° y 145°
Por presentada la anterior solicitud junto con sus recaudos anexos, désele entrada. Por sus firmantes, ciudadanos PEDRO JAVIER ROMERO BIZAMON Y BETZALIA ELIZABETH FERNÁNDEZ, venezolanos, mayores de edad, cónyuge entre sí, titulares de las cédulas de identidad Nros. V-15.382.985 y V-14.248.674, respectivamente, de este domicilio, asistidos por el Abogado CARLOS CÉSAR QUINTERO SOSA, inscritos en el Inpreabogado bajo el N° 74.187, y de este domicilio, se admite cuanto ha lugar en derecho. Previa lectura acordada por Secretaría y hallada conforme por los manifestantes, este Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y Bancario de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, administrando Justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara SEPARADOS LEGALMENTE DE CUERPOS, a los cónyuges anteriormente nombrados, bajo las condiciones estipuladas en el citado escrito.
La Juez Titular,

Abog. Roraima Bermúdez G.

Los Cónyuges Manifestantes,




El Abogado Asistente,



La Secretaria Titular,

Abog. Elea de Valenzuela