REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SUPERIOR SEGUNDO DEL TRABAJO
DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO
Valencia, 12 de Mayo del Año 2005
194º y 146º
ASUNTO GC01-R-2003-000010
DEMANDANTE: AURELIANO RANGEL
DEMANDADO: OWENS ILLINOIS DE VENEZUELA, C.A.
MOTIVO: PRESTACIONES SOCIALES
ACTA DE HOMOLOGACIÓN
Vista la diligencia de fecha 09 de Mayo del año 2005, suscrita por el abogado FRANCISCO ARDILES, en su carácter de Apoderado Judicial de la parte actora en la presente causa en la que alega que recibió de la accionada en fecha 15 de Diciembre del año 2004, la cantidad de Bs. 21.000.000,oo según cheque N° 06700934 girado contra el Banco Provincial y que dicha cantidad constituye los conceptos demandados, corrección monetaria, costos y costas procesales, incluyendo los honorarios de abogados, quedando conforme de la cantidad recibida, en virtud del convenio celebrado entre las partes en fecha 15 de diciembre del año 2004. Este Tribunal HOMOLOGA el acuerdo entre las partes y declara terminado el presente proceso y ordena su remisión al Tribunal de origen para el archivo.-
La Juez
Bertha Fernández de Mora
La Secretaria
Joanna Chivico
En la misma fecha se dictó, publicó y registró la anterior sentencia, siendo las 11:00 a.m.
La Secretaria
Joanna Chivico
BFdeM/JCH/Anmarielly H.-
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