REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Tribunal Séptimo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo


ACTA
N° DE EXPEDIENTE: GP02-L-2004-001508
PARTE ACTORA: HAIDEE SUAREZ y LUCRECIA CORDERO
APODERADOS DE LA PARTE ACTORA: Héctor Argenis Sandoval
PARTE DEMANDADA: COMINQUIN, C.A (COMIDAS INDUSTRIALES QUINTERO, C.A) y PARMALAT, C.A
ABOGADOS DE LA PARTE DEMANDADA: ZARAY CASTELLANOS Y ENRIQUE VALERA
MOTIVO: PRESTACIONES SOCIALES


Hoy, 23 de mayo de 2005, siendo las 12:30 p.m., comparecieron por ante este Juzgado el Abogado HECTOR ARGENIS SANDOVAL, inscrito en el Inpreabogado bajo el No 73.707, en su carácter de Apoderado Judicial de las ciudadanas LUCRECIA CORDERO y HAIDEE SUAREZ, por otra parte, la abogado ZARAY CASTELLANOS, inscrita en el Inpreabogado bajo el No. 62.923, en su carácter de apoderada judicial de PARMALAT C.A., y el ciudadano JESUS ALBERTO QUINTERO QUINTERO, titular de la Cédula de Identidad No. 5.201.926, asistido por el abogado ENRIQUE VALERA, inscrito en el Inpreabogado bajo el No. 54.749, en su carácter de Presidente de la empresa codemandada COMINQUIN C.A.. Seguidamente, ambas partes presentan al tribunal el acta transaccional efectuada en este mismo día 23-05-2005, la cual se considera como parte integrante de la presente acta, constante de seis (6) folios útiles sin anexos. en este estado la parte demandada hace entrega de la cantidad de Bs.12.000.000,00, mediante cheque No. 94182482, girado en la Cuenta Corriente No. 0105 0077 05 1077320396, contra el Banco Mercantil, emitido en fecha 19 de mayo de 2005, a beneficio del apoderado judicial de la parte actora HECTOR ARGENIS SANDOVAL. El tribunal acuerda regresar las pruebas a las partes, y una vez analizada el acta transaccional presentada acuerda impartirle la respectiva HOMOLOGACIÓN por considerar que se encuentra ajustada a derecho, y no vulnera derechos irrenunciables del trabajador ni normas de orden publico, DÁNDOLE EFECTO DE COSA JUZGADO y en consecuencia se da por concluido el proceso y se ordena el cierre y posterior archivo del presente expediente.
La Juez

Abg. Beatríz Rivas Artiles


Por la parte actora,

Por la parte demandada,



El Secretario,


Abg. OLIVER GÓMEZ CONTRERAS