REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA


PODER JUDICIAL

Tribunal Séptimo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo

ACTA


N° DE EXPEDIENTE: GP02-L-2004-001354
PARTE ACTORA: DEIVY DAVID OÑATE HURTADO
APODERADOS DE LA PARTE ACTORA: Arelis Acevedo Mujica
PARTE DEMANDADA: BANCO OCCIDENTAL DE DESCUENTO, BANCO UNIVERSAL, C.A.
APODERADOS DE LA PARTE DEMANDADA: NIDIA COROMOTO MEDINA
MOTIVO:

En el día hábil de hoy, 02 de Mayo de 2005, siendo las 9:49 AM, comparecen por ante este Juzgado la abogado ARELIS ACEVEDO, inscrita en el Inpreabogado bajo el No. 61.756, en su carácter de apoderado judicial de la parte actora ciudadano DEIVY DAVID OÑATE HURTADO, titular de la Cédula de Identidad No. 11.156.466, y por otra parte, el abogado DOUGLAS FERRER, inscrito en el Inpreabogado bajo el No. 67.281, en su carácter de apoderado judicial de la demandada BANCO OCCIDENTAL DE DESCUENTO, BANCO UNIVERSAL, C.A., carácter que se evidencia de instrumento poder que presenta en este acto, constante de cuatro (4) folios, en original y fotocopia, para que previa confrontación y certificación de la copia le sea devuelto el original, se confrontó por secretaría original y copia, se certificó la copia y se devolvió el original a su presentante. Seguidamente ambas partes debaten sus respectivos puntos de vistas y proceden a exponer los alegatos esgrimidos por cada uno de ellos, manteniendo respectivamente sus posiciones, sin embargo ante dichas controversias de intereses una vez instados por la Juez, que preside la audiencia a mediar y conciliar para lograr resolver el conflicto planteado entre ambas partes, procede la apoderado judicial de la parte actora, antes identificada, y expone: "De conformidad con lo previsto en el artículo 263 del Código de Procedimiento Civil, en concordancia con el artículo 11 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, DESISTO del presente procedimiento, igualmente DESISTO en este acto de la acción por cuanto han sido satisfechas las expectativas de mi representado, por parte de la empresa demandada, en razón de lo cual le otorgo el mas amplio finiquito por no tener mas nada que adeudar a mi representado, y en virtud de lo expuesto solicito de la ciudadana Juez homologue el presente desistimiento, y archive el expediente". Seguidamente el abogado DOUGLAS FERRER, antes identificado, en nombre de su representada expone:"Acepto el desistimiento del procedimiento y de la acción formulado en este acto por la parte actora, mediante su apoderado judicial". Ambas partes declaran que nada quedan a deberse por costas, costos y honorarios profesionales de abogados. Visto el desistimiento del procedimiento y de la acción formulado por la parte actora, y que el mismo no es contrario a derecho ni vulnera normas de orden público, este Tribunal Séptimo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, en vista de que la mediación ha sido positiva, de conformidad con lo previsto en el artículo 133 eiusdem, da por concluido el proceso, y en consecuencia HOMOLOGA EL DESISTIMIENTO DEL PROCEDIMIENTO Y DE LA ACCIÓN FORMULADO POR LA PARTE ACTORA, en los términos como consta en la presente acta, dándole efectos de COSA JUZGADA y da por terminado el presente proceso. Ambas partes solicitan en este acto una (1) copia fotostática certificada de la presente acta; el Tribunal vista la anterior solicitud acuerda expedir las copias solicitadas a las partes. Expídanse las copias acordadas.
LA JUEZ,

ABG. BEATRIZ RIVAS ARTILES
POR LA PARTE ACTORA



POR LA PARTE DEMANDADA,


EL SECRETARIO,

ABG. OLIVER GÓMEZ