ACTA

N° DE EXPEDIENTE: GP02-L-2005-000690
PARTE ACTORA: MIGUEL ANTONIO APONTE JUAREZ
APODERADOS DE LA PARTE ACTORA: Enma Mogollón
PARTE DEMANDADA: LUIS PINTO
APODERADOS DE LA PARTE DEMANDADA:--------------------------
MOTIVO: COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES

En el día hábil de hoy 17 de Mayo de 2005, siendo las 10:14 AM, oportunidad fijada para que tenga lugar la Audiencia Preliminar en el presente juicio, se deja constancia de que se encuentra presente la parte actora MIGUEL ANTONIO APONTE JUAREZ asistido por la procuradora del trabajo Enma Mogollón. En este estado el Tribunal deja constancia de la no comparecencia a esta Audiencia de la parte demandada, ni por sí ni por medio de apoderado judicial alguno, por lo que de conformidad con lo previsto en el artículo 131 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, pasa a dictar en forma oral el dispositivo del Fallo, declarando que una vez revisada la petición del demandante y encontrándola que no es contraria a derecho, se presume la admisión de los hechos alegados por el demandante y en tal sentido: este Juzgado de Sustanciación, Mediación y Ejecución en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley DECLARA CON LUGAR LA ACCION INTENTADA, condenándose a la parte demandada, al pago de los siguientes conceptos y montos:
Fecha de Ingreso: 10 de enero de 2004
Fecha de Egreso: 14 de octubre de de 2004
Salario Diario: Bs. 11.428,57
Salario Integral: Bs. 12.126,98
Antigüedad: 45 días por Bs12.126, 98 igual a Bs. 545.714,10
Vacaciones fraccionadas: 11,25 días por Bs. 11.428,57 igual a Bs. 128.571,41
Bono Vacacional Fraccionado: 5,24 días por Bs. 11.428,57 igual a Bs. 59.999,99
Indemnización adicional de Antigüedad: 30 días por Bs. 12.126,28 igual a Bs. 363.809,40
Indemnización Sustitutiva de preaviso: 30 días por Bs. 12.126,28 igual a Bs. 363.809,40
Utilidades: 11,25 días por Bs. 11.428,57 igual a Bs. 128.571,41
Total a pagar: Bs. 1.590.475,71
La parte demandante manifiesta que renuncia a la experticia complementaria del fallo. Se condena en costas a la parte perdidosa por haber resultado totalmente vencida. PUBLIQUESE y REGISTRESE LA PRESENTE DECISION. Años 146 y 195.


El Juez

El Secretario

Abg. Emilia Yrureta Ortíz







Los Presentes
Demandante Demandada
(No asistió)