REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Tercero de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo
ACTA
N° DE EXPEDIENTE: GP02-L-2005-000665
PARTE ACTORA: PABLO GIL.
PARTE DEMANDADA: GUARDIANES PARA MACONI, C.A.
MOTIVO: PRESTACIONES SOCIALES.
En el día hábil de hoy 12 de agosto de 2004, siendo las 09:00 am, oportunidad fijada para que tenga lugar el inicio de la Audiencia Preliminar en el presente juicio, se deja constancia de la inasistencia tanto de la parte demandada como de la parte demandante, encontrándose presente únicamente la abogada NANCY CASTILLO, inscrita el en I.P.S.A. bajo el Nro. 95.718, en su carácter de Asesora jurídica de la procuraduría de Trabajadores del estado Carabobo, quien asistió el actor en la interposición de la demanda; por lo que de conformidad con lo previsto en el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, este Juzgado de Sustanciación, Mediación y Ejecución en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley CONSIDERA DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y TERMINADO EL PROCESO. PUBLIQUESE Y REGISTRESE LA PRESENTE DECISION. Déjese copia en el archivo. Años 194 ° y 145 °.
EL JUEZ,
LA ABOGADA COMPARECIENTE,
Alberto Andrés Rodríguez M.
LA SECRETARIA.
Abg. Marjorie Gómez
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