REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO CARABOBO
TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIÓN DE CONTROL
Valencia, 16 de Mayo de 2005
Años 195º y 146º

ASUNTO : GP01-S-2004-002323

Quien suscribe Abg. Diana Calabrese Canache, Juez séptima de Primera Instancia en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Carabobo, se avoca al conocimiento de la presente causa, en vista de la rotación de los Jueces de este Circuito y de conformidad con lo establecido en los artículos 106 y 536 del Código Orgánico Procesal Penal.Visto el escrito presentado por el Ciudadano Abogado ALEJANDRO NICOLAS, en su carácter de Fiscal Cuarto del Ministerio Público de esta Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, mediante el cual solicita el Sobreseimiento de la causa, a tenor de lo dispuesto en el artículo 318 ordinal 2º del Código Orgánico Procesal Penal. Este Tribunal para decidir lo hace en los siguientes términos:
DE LOS HECHOS
En la presente actuación ocurrieron los hechos en fecha 29/04/2001, por accidente de transito con lesionado, es decir un choque con objeto fijo (un árbol), el cual ocurrió en el Kilómetro 139 del Sector San Joaquín Estado Carabobo, en la Autopista Regional del Centro, donde se encuentra involucrado el vehículo Marca Fiat; Modelo Spazio; Clase Automóvil; Tipo Coupe; Color Blanco; Placas DEF-555; Uso Particular; Serial de Carrocería 00720858; el cual era conducido por el ciudadano TOMAS ANTONIO ZAMBRANO ZAMBRANO, titular de la cédula de identidad N° 1.543.528, quien resultó lesionado, el mismo fue trasladado por los paramédicos de Atención Inmediata José Cáceres y Vicente Montero, en la ambulancia M-031, hasta el Hospital Miguel Malpica de Guacara, a donde ingresó sin signos vitales.
DEL DERECHO
Del contenido de las actas se constata que de las diferentes diligencias realizadas en la presente investigación para el total esclarecimiento de los hechos, se obtuvo que el ciudadano Tomás Antonio Zambrano, resultó lesionado como consecuencia de un volcamiento con relación a un accidente de transito, en donde estaba involucrado solo una persona, cuando éste se desplazaba por la Autopista Regional del Centro a la altura del Kilómetro 139 Sector San Joaquín vía Valencia, en donde de acuerdo a lo señalado por los funcionarios en el área del suceso, se presume que el ciudadano Tomás Antonio Zambrano (hoy occiso), se haya quedado dormido mientras conducía, dando como resultado que el vehículo se saliera de la calzada hacía el área verde adyacente a la Autopista e impactara con un objeto fijo (árbol). Así mismo, señala el Fiscal Cuarto del Ministerio Público, que inicialmente fue precalificado el hecho como la presunta comisión del delito de Homicidio Culposo, pero una vez realizado diligencias concernientes a la investigación, se evidencia que el hecho ocurrido no es típico, es decir, no está tipificado como delito en la Ley sustantiva penal vigente. Es por ello, que no existiendo en este caso elementos que culpen a persona alguna o elementos para atribuirle tal delito, por lo cual, lo procedente ajustado a derecho es sobreseer la presente causa, de conformidad con lo previsto en el artículo 318 ordinal 2° del Código Orgánico Procesal Penal; Y así se decide.
DECISION
En consecuencia por todo lo antes expuesto este Tribunal de Primera Instancia en lo Penal en funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Carabobo, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECRETA el SOBRESEIMIENTO DE LA PRESENTE CAUSA, de conformidad con lo previsto en el artículo 318 ordinal 2° del Código Orgánico Procesal Penal. Notifíquese. Y por cuanto la presente causa se encuentra terminada remítase a la Oficina de Archivo Central de este Circuito a lo fines de su custodia y posterior remisión al Archivo Judicial, en su oportunidad.
Dada, firmada y sellada en la sala de audiencias del Tribunal en función de Control de este Circuito Judicial Penal, a los 16 días del mes de Mayo del año Dos Mil Cinco. 195 Años de la Independencia y 146 Años de la Federación.
Publíquese, regístrese, déjese copia.

Abg. Diana Calabrese Canache
Juez Séptimo de Primera Instancia en
lo Penal en función de Control
La Secretaria;
Abg. Mónica Canelón

En la misma fecha se cumplió lo ordenado.

La Secretaria.
Abg. Mónica Canelón