JUZGADO DEL MUNICIPIO DIEGO IBARRA DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO.- Mariara, 16 de Mayo de 2005
195° Y 146°
Vista la anterior solicitud, de fecha 05 de Mayo del presente año. Presentada por la ciudadana: CARMEN SOFIA PÉREZ, venezolana, mayor de edad, de este domicilio, titular de cédula de identidad No 10.789.482, contentiva de JUSTIFICATIVO DE TESTIGOS. Désele entrada y fórmese expediente, asignesele número. Háganse las anotaciones en los libros respectivos. Y por cuanto la misma no es contraria a derecho ni a ninguna disposición expresa de la Ley, SE ADMITE, cuanto a lugar en derecho. Con relación a la evacuación de los testigos, éstos se declararán en el momento oportuno que la parte así los presente.
EL JUEZ PROVISORIO
ANGEL LEONARDO ANSART
LA SECRETARIA TITULAR
ABG. ANNABELLA GARCIA QUINTANA
En igual fecha se cumplió con lo ordenado en el auto anterior y se le dio entrada bajo el No. 511-05
LA SECRETARIA TITULAR
SOL.511-05
ALA/AGQ/Ariela
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