JUZGADO DEL MUNICIPIO DIEGO IBARRA DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO.- Mariara, 11 de Mayo de 2005
195º y 146º
Por recibida la presente comisión con Oficio Nº. 0258, presentada por el Abogado GILBERTO CARABALLO, titular de la Cédula de Identidad Nº. 675.271, en su carácter de Apoderado Judicial de la parte actora, proveniente del JUZGADO QUINTO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL AREA METROPOLITANA CARACAS. Désele entrada, anótese en los libros respectivos, asígnesele número y cúmplase, desglósese la compulsa y entréguese junto con recibo al Alguacil de este Tribunal, a fin de que haga efectiva UNA VEZ SEA SUMINISTRADA LA DIRECCION COMPLETA POR LA PARTE INTERESADA, la INTIMACION de la parte demandada Sociedad Mercantil MANUFACTURAS DE EMPOTRAR S.A. (MADEMSA), en las personas de cualesquiera de sus Directores los ciudadanos: JOSE LUIS PARAMO RODRIGUEZ y MANUEL PÁRAMO LODEIRO, venezolanos, mayores de edad, titulares de las Cédulas de Identidad Nos. V-5.535.549 y V- 6.563.533, respectivamente, con relación al juicio que por EJECUCION DE HIPOTECA, le sigue en contra de su representada Sociedad de Responsabilidad Limitada SIME ITALIANA, S.R.L. (Exp.Nº 03-0204), por ante ese Despacho.
El Juez Provisorio
Dr. ANGEL LEONARDO ANSART
La Secretaria Titular
Abg. ANNABELLA GARCIA Q.
En igual fecha se cumplió con lo ordenado. Se le dio entrada bajo él, N° 2254, se desgloso la compulsa y se entregaron recaudos al Alguacil de este Despacho.
La Secretaria Titular
El Alguacil
COM. N° 2254
ALA/AGQ/Gladys.
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