Quien suscribe Abogado YULIMAR FONSECA GONZÁLEZ, Secretaria Titular del JUZGADO TERCERO EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS VALENCIA, LIBERTADOR, LOS GUAYOS, NAGUANAGUA, SAN DIEGO Y CARLOS ARVELO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO, hace constar que el acta que a continuación se transcribe, es copia fiel y exacta de su original que corre inserto en la Comisión Nro. 2.263, de la nomenclatura archivar de éste Tribunal. “En el día de hoy 24 de mayo de 2005, siendo las 3:30 de la tarde, se trasladó y constituyó el Juzgado Tercero Ejecutor de Medidas de los Municipios Valencia, Libertador, Los Guayos, San Diego, Naguanagua y Carlos Arvelo del Estado Carabobo, a cargo de la Juez Provisorio Doctora MAURICIA GONZALEZ y la Secretaria Titular Abogada YULIMAR FONSECA, en compañía de la parte actora abogadas ZOE LASCARIS y MARIA ANTONIETA ABRAHAM, inscritas en el Inpreabogado bajo los Nros. 30.958 y 45.787 respectivamente, en el Inmueble ubicado en la Carretera Valencia – Puerto Cabello, Sector La Haciendita, Parcela Nro. 19, Valencia Estado Carabobo. Seguidamente el Tribunal procede a notificar al ciudadano CARLOS ALBERTO ZABALETA MARTINEZ, venezolano y titular de la cédula de identidad Nro. 9.448.868, el cual presente quedó impuesto de la misión a cumplir decretada por el Juzgado Cuarto de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito del Estado Carabobo, Expediente Nro. 19.615. Seguidamente la parte actora abogadas ZOE LASCARIS y MARIA ANTONIA ABRAHAM, I.P.S.A. Nros. 30.958 y 45.787 respectivamente, exponen: Solicitamos al Tribunal nos haga Entrega del Equino Chamo Candela, Raza Mestizo, Cuarto de Milla, Color Ruano, de seis (6) años de edad, el cual se encuentra en posesión del ciudadano CARLOS ZABALATA; el cual de manera inmediata trasladaremos al Hato Los Viejos Samanes en la población de Guigue, propiedad del ciudadano ANGELO ROPPOLO FONTANA, tal y como fue acordado por el Tribunal de causa. Seguidamente este Tribunal Tercero Ejecutor de Medidas actuando por comisión en nombre de la República Bolivariana de Venezuela hace entrega a la parte actora abogadas ZOE LASCARIS y MARIA ANTONIA ABRAHAM, ya identificadas del Equino CHAMO CANDELA, Raza Mestizo, Cuarto de Milla, Color Ruano, de seis (6) años de edad, el cual aparenta a simple vista estar en buen estado y robusto. El referido equino será trasladado a la Finca Los Viejos Samanes en la población de Guigue. Seguidamente el ciudadano CARLOS ALBERTO ZABALETA MARTINEZ, cédula de identidad Nro. 9.448.868, asistido por el abogado JULIO CÉSAR PIÑERO, I.P.S.A Nro. 94.058 expone: En virtud de la Sentencia emanada del Juzgado Cuarto Civil de fecha 23 de mayo del presente año o sea del día de ayer, se nos esta violando el derecho a la defensa en razón de haberse violado el lapso para el correspondiente Recurso de Apelación, así mismo dejo






constancia que el caballo ya identificado se encuentra en perfectas condiciones físicas y de salud y el cual se le hace entrega a las Apoderadas del ciudadano ROPPOLO. Seguidamente la parte actora, ya identificada expone: En cuanto lo ya mencionado por el abogado JULIO PIÑERO, le recuerdo que lo expuesto debe ser mencionado en el Tribunal de la causa por cuanto aquí se encuentra presente un Ejecutor de Medidas; y en relación al estado de salud del equino no doy constancia de ello hasta tanto no sea chequeado por un veterinario. Seguidamente el Tribunal declara cumplida su misión, deja constancia que durante el lapso que duró la práctica de la medida no se causaron lesiones a persona alguna ni a bienes materiales, ordenando se remitan las actuaciones a su Tribunal de causa y deja constancia que se le permitió la entrada al Tribunal de manera voluntaria y no ejercieron ningún tipo de oposición; el Tribunal ordena regresar a su sede siendo las 4:00 de la tarde, es todo, terminó, se leyó y conformes firman”. La Juez, Dra. MAURICIA GONZALEZ (Fdo); El Notificado y abogado asistente (fdo); Parte Actora (Fdo); y La Secretaria Titular , Abogado Yulimar Fonseca (Fdo)…………